Legislación
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Real Decreto 370/2021, de 25 de mayo, por el que se establecen disposiciones específicas para la aplicación en España del Reglamento (UE) 2019/4 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, relativo a la fabricación, la comercialización y el uso de piensos medicamentosos, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 183/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo y se deroga la Directiva 90/167/CEE del Consejo, y de otras normas de la Unión Europea en materia de piensos y medicamentos, y se modifican diversos reales decretos en materia de ganadería. - Boletín Oficial del Estado de 08-06-2021

Tiempo de lectura: 5 min

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 28/01/2022

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRATICA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 136

F. Publicación: 08/06/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Control de la homogeneidad y de la contaminación cruzada. Artículo 4. Condiciones de autorización. Artículo 5. Establecimientos que no requieren autorización. Artículo 6. Comercialización de piensos medicamentosos para animales de compañía en establecimientos comerciales detallistas. Artículo 7. Investigación. Artículo 8. Exportación. Artículo 9. Recogida o eliminación de piensos medicamentosos y productos intermedios no utilizados o caducados y de sus envases. Artículo 10. Controles y otras actividades de las autoridades competentes. Artículo 11. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Contaminación cruzada. D.T. 2ª. Homogeneidad. D.T. 3ª. Aplicación de los requisitos para la autorización. D.T. 4ª. Establecimientos autorizados.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre. D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto 629/2019, de 31 de octubre, por el que se regula el registro general de establecimientos en el sector de la alimentación animal, las condiciones de autorización o registro de dichos establecimientos y de los puntos de entrada nacionales, la actividad de los operadores de piensos, y la Comisión nacional de coordinación en materia de alimentación animal. D.F. 3ª. Título competencial. D.F. 4ª. Habilitación normativa. D.F. 5ª. Entrada en vigor. ANEXO. Información mínima que debe contener la declaración recogida en la disposición transitoria cuarta