Legislación

Real Decreto 1002/2012, de 29 de junio, por el que se establecen medidas de aplicación de la normativa comunitaria en materia de comercialización y utilización de piensos y se modifica el Real Decreto 1409/2009, de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos. - Boletín Oficial del Estado de 13-07-2012

Tiempo de lectura: 5 min

Tiempo de lectura: 5 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 28 de Enero de 2022

F. entrada en vigor: 14/07/2012

Órgano emisor: MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 167

F. Publicación: 13/07/2012


Artículo 1. Objeto. Artículo 2. Definiciones. Artículo 3. Etiquetado de piensos destinados a la exportación a países terceros. Artículo 4. Piensos destinados a objetivos de nutrición específicos. Artículo 5. Solicitud de autorización para el uso de piensos con fines experimentales. Artículo 6. Requisitos para la importación de piensos con fines experimentales. Artículo 7. Etiquetado de piensos destinados a animales de experimentación. Artículo 8. Notificación de alegaciones a la Comisión Europea. Artículo 9. Documento común de entrada. Artículo 10. Régimen sancionador.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. UNICA. Categorías de materias primas en el etiquetado de piensos destinados a animales no productores de alimentos.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Incorporación de la Directiva 2008/38/CE al ordenamiento jurídico español. D.F. 2ª. Incorporación de la Directiva 82/475/CEE al ordenamiento jurídico español. D.F. 3ª. Título competencial. D.F. 4ª. Modificación del Real Decreto 1409/2009 de 4 de septiembre, por el que se regula la elaboración, comercialización, uso y control de los piensos medicamentosos. D.F. 5ª. Facultad de modificación. D.F. 6ª. Entrada en vigor. ANEXO I. Disposiciones aplicables a los piensos destinados a objetivos de nutrición específicos ANEXO II. Información mínima para solicitar la autorización de uso de sustancias no autorizadas como aditivos con fines experimentales ANEXO III. Categorías de "materias primas para piensos" que pueden sustituir la indicación individual de las materias primas para piensos en el etiquetado de piensos compuestos no destinados a animales de producción de alimentos, excepto los de peletería ANEXO IV