Preambulo único Reglament...ón Pública

Preambulo único Reglamento de Viviendas de Protección Pública

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Preambulo

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El Decreto 75/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de protección pública a la vivienda tiene como objeto el desarrollo de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Vivienda de la Comunitat Valenciana en el ámbito de la protección pública.

Asimismo, responde a la necesidad de refundir en un texto único la normativa autonómica dispersa, y de dotar de un marco estable a la normativa de vivienda.

Transcurrido un tiempo desde su entrada en vigor, el Decreto 82/2008, de 6 de junio, del Consell, modificó entre otras disposiciones algunos de los extremos contemplados en dicho Reglamento.

No obstante, estas modificaciones resultan insuficientes, a la vista de la experiencia acumulada, siendo imprescindible, una revisión más profunda del texto, que clarifique y simplifique la redacción, y que rectifique algunas de las disfunciones observadas en su aplicación, en aras de la seguridad jurídica y de la mejora de la eficacia en la gestión.

La Comunitat Valenciana, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 148.1.3 de la Constitución Española, tiene competencia exclusiva en materia de vivienda, competencia que viene recogida en el artículo 49.1.9 del Estatut d'Autonomia de la Comunitat Valenciana.

A tenor de ello, el presente reglamento regula el nuevo Reglamento de Viviendas de Protección Pública, que se estructura en cuatro títulos, nueve disposiciones adicionales, dos disposiciones transitorias, una derogatoria y una final.

El título preliminar que regula los principios generales de protección a la vivienda, establece el objeto y ámbito del Reglamento, la tipología de las viviendas de protección pública y el contenido de carácter básico que deben contener los planes de vivienda, al margen de las medidas concretas que dichos planes establezcan.

El título I, Régimen jurídico de las viviendas de protección pública de nueva construcción, está estructurado en cinco capítulos, que fundamentalmente regulan el concepto de estas viviendas y el ámbito y la duración de la protección; el régimen del derecho de acceso a la vivienda, así como la calificación provisional, definitiva y los supuestos especiales de calificación.

El título II, Financiación de actuaciones protegidas, establece algunas disposiciones que, independientemente de lo dispuesto en los Planes de Vivienda que se ajustarán a las circunstancias específicas en momento de su vigencia, deben aplicarse con carácter general, careciendo de sentido su reiteración en la regulación de cada nuevo Plan de Vivienda.

El título III regula el Consejo Asesor de la Vivienda de la Comunitat Valenciana en términos similares a lo dispuesto en el Decreto 75/2007, de 18 de mayo, pero estableciendo alguna modificación no esencial que la experiencia aconseja introducir en aras a la mejora del funcionamiento de este órgano colegiado.

Entre las disposiciones adicionales se destaca como novedad la facultad que se concede a la Conselleria competente en materia de vivienda para adoptar las medidas oportunas de colaboración con el Colegio Oficial de Arquitectos de la Comunitat Valenciana, a fin de establecer un visado de garantía para los proyectos de viviendas con protección pública.

Asimismo, es de destacar la disposición adicional novena, la cual modifica determinados artículos del título III del vigente Decreto 75/2007, de 18 de mayo, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de protección pública a la vivienda, concretamente los relativos al límite de ingresos de los adjudicatarios de viviendas de promoción pública, el sistema de fijación de precios de venta y renta, así como el sistema de ponderación de los precios en función de la capacidad y esfuerzo de las unidades familiares adjudicatarias.

Por todo ello, a propuesta del conseller de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda, una vez cumplidos los trámites procedimentales previstos en el artículo 43 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana, y previa deliberación del Consell, en la reunión del día 26 de junio de 2009, decreto:

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 01-07-2009 en vigor desde 16-07-2009