Preambulo único Reconocim...ependencia

Preambulo único Reconocimiento del grado de dependencia

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PREÁMBULO

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La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las Personas en Situación de Dependencia regula las condiciones básicas de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia mediante la creación de un Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD), con la colaboración y participación de todas las Administraciones Públicas.

De acuerdo con los artículos 27, 28 y 29 de la citada ley, corresponde a las comunidades autónomas determinar los órganos de valoración de la situación de dependencia y establecer los correspondientes procedimientos, tanto para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho para las prestaciones del sistema como para el establecimiento del Programa Individual de Atención (PIA).

Según establece el artículo 49.1.24ª de l Estatut d Autonomia de la Comunitat Valenciana, la Generalitat tiene competencia exclusiva en materia de servicios sociales, correspondiéndole, por tanto, desarrollar en su ámbito territorial el modelo de atención integral establecido en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de promoción de la autonomía personal y atención a las Personas en Situación de Dependencia que, en su artículo 11, señala que corresponden a las comunidades autónomas, entre otras, las funciones de planificar, ordenar, coordinar y dirigir, en el ámbito de su territorio, los servicios de promoción de la autonomía personal y de atención a las personas en situación de dependencia; gestionar, en su ámbito territorial, los servicios y recursos necesarios para la valoración y atención de las personas en situación de dependencia; y asegurar la elaboración de los correspondientes programas individuales de atención.

En consecuencia, el Decreto 18/2011, de 25 de febrero, del Consell, por el que establece el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas dependientes, estableció el procedimiento para reconocer el derecho a las prestaciones del sistema valenciano para las personas en situación de dependencia. No obstante, dado el complejo planteamiento legal de la citada Ley 39/2006, solo la experiencia y práctica administrativa ha permitido conocer la auténtica dimensión que conlleva la atención a la dependencia.

Tras la experiencia obtenida por la puesta en marcha del procedimiento regulado en el decreto anteriormente mencionado, se ha estimado necesario introducir determinadas modificaciones en el proceso de reconocimiento de la dependencia y concesión de las prestaciones correspondientes, así como en los efectos económicos retroactivos de las mismas, con el fin de obtener la máxima eficacia y celeridad en la tramitación de los expedientes.

Es de destacar la integración de los servicios municipales de atención a la dependencia en los servicios sociales generales, cambiando el modelo paralelo y de duplicidad que se estaba desarrollando en los municipios. Estos servicios cohesionados van a dar respuesta a la ciudadanía tanto por la tramitación de la solicitud, junto con el informe social y la valoración de la persona en situación de dependencia, ya que los servicios sociales generales son los más próximos y conocedores de las situaciones de dependencia que afectan a las personas. Se articula por tanto un sistema público de atención a las personas en situación de dependencia, garantizando la accesibilidad al mismo, protegiendo el seguimiento y procurando una mayor celeridad al procedimiento, así como la cercanía con la ciudadanía.

Se hace necesario regular de forma conjunta las condiciones y requisitos de acceso y el régimen económico aplicable, tanto para las prestaciones como para los servicios de atención a la dependencia, trasponiendo los criterios establecidos en las sentencias del Tribunal Superior de Justicia sobre la capacidad económica de las personas beneficiarias. En definitiva, y en aras del principio de seguridad jurídica, se regula de forma clara y detallada el contenido de los servicios y prestaciones económicas para la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia en la Comunitat Valenciana, con especial mención a la denominada Prestación Vinculada de Garantía, como mecanismo que asegura que ninguna persona, por falta de recursos, va a ser privada del derecho a obtener un recurso residencial.

Asimismo, se considera oportuno introducir los criterios acordados con carácter común en cuanto a la prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores y cuidadoras en el entorno familiar, distinguiendo entre los cuidadores familiares y no familiares e incluyendo para los primeros el carácter voluntario del convenio especial con la Seguridad Social, en los términos del Real decreto 615/2007, de 11 de mayo.

En especial, se dedica el capítulo IV del título III del presente decreto a establecer un régimen de compatibilidades entre los distintos servicios y prestaciones que permita dar cobertura a todas las situaciones en las que se puede encontrar la persona en situación de dependencia, facilitando su desarrollo personal y el máximo nivel de autonomía personal.

Así, tras regular las diversas prestaciones económicas y su régimen económico, el decreto establece un nivel adicional de protección de las prestaciones, que se financiará con fondos propios de la Generalitat.

Está disposición está incluida en el Plan Normativo de la Administración de la Generalitat para 2017.

Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en los artículos 31 y 33 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, de la Generalitat, del Consell, oídas las entidades más representativas del sector, recabados los informes preceptivos, a propuesta de la Vicepresidenta y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, conforme con el Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana y previa deliberación del Consell, en la reunión de 19 de mayo de 2017,

DECRETO

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 13-06-2017 en vigor desde 14-06-2017