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Preambulo único Numeración de disposiciones y actos que deben publicarse en el BOCYL

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Preambulo

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El Estatuto de Autonomía, en su artículo 25, establece que las Cortes podrán delegar en la Junta de Castilla y León la potestad de dictar normas con rango de ley y que la Junta de Castilla y León, en caso de extraordinaria y urgente necesidad podrá dictar disposiciones legislativas que tomarán la forma de Decretos-Leyes.

Además, la Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de Castilla y León, en su artículo 69, establece que las disposiciones administrativas de carácter general podrán revestir la forma de Decretos de la Junta de Castilla y León o de su Presidente, Órdenes de Consejería y otras disposiciones de órganos inferiores, según el orden de su respectiva jerarquía. Igualmente, esta Ley establece que las resoluciones administrativas de la Junta de Castilla y León y de Presidente adoptarán la forma de acuerdo, que las de los Consejeros adoptarán la forma de orden y que las del resto de órganos adoptarán la forma de Resolución.

Para facilitar la ordenación del conjunto de disposiciones y actos se aprobó el Decreto 126/2002, de 12 de diciembre, por el que se regula la numeración de las disposiciones generales y resoluciones que deban publicarse en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Desde la aprobación de dicho Decreto, se han producido novedades normativas, como la aprobación del renovado Estatuto de Autonomía, que reconoce a la Junta de Castilla y León la posibilidad de aprobar decretos-leyes. Además, la actividad de la Administración de la Comunidad ha continuado incrementándose, lo que ha producido que se multiplique el número de decretos, acuerdos y órdenes de interés para los ciudadanos.

Por ello, y para contribuir a mejorar la sistematización y ordenación de determinadas disposiciones y actos de la Administración de la Comunidad que deben publicarse en el Boletín Oficial de Castilla y León, así como para facilitar a los ciudadanos su conocimiento e identificación, es necesario proceder a una nueva regulación de su numeración y titulación.

El presente Decreto incorpora en su objeto a los decretos-leyes y a los decretos legislativos. Además, regula la forma de titular las disposiciones y actos incluidos en su objeto para lograr su uniformidad y facilitar su identificación. Y efectúa una nueva regulación del Registro de disposiciones y actos administrativos, cuya organización se adapta al conjunto de las disposiciones y actos objeto del presente Decreto.

En su virtud, la Junta de Castilla y León, a propuesta del Consejero de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 24 de septiembre de 2009 dispone:

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-09-2009 en vigor desde 01-01-2010