Preambulo único Modificac...ergencias-

Preambulo único Modificación de la Ley 8/2005 -protección civil y atención de emergencias-

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PREÁMBULO

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En el ejercicio de las competencias asumidas por la Comunidad Foral de Navarra, el Parlamento de Navarra aprobó la Ley Foral 8/2005, de 1 de julio, de protección civil y atención de emergencias de Navarra, al objeto de ordenar las acciones de protección civil y gestión de emergencias en el ámbito de la Comunidad Foral de Navarra, sin perjuicio de lo que disponga la normativa de ámbito estatal con respecto a la regulación de las situaciones de emergencia que sean declaradas de interés nacional y, en su caso, de lo que disponga la normativa europea que sea de aplicación.

Posteriormente, se aprobó la Ley Foral 8/2019, de 28 de febrero, por la que se modificó la citada Ley Foral 8/2005, con fundamento en la evolución de los riesgos, los medios y la legislación.

No obstante, la experiencia aconseja la introducción de nuevas modificaciones con el objetivo de adaptarse a la situación actual de la atención y gestión de las emergencias.

Asimismo, la evolución de los servicios públicos de prevención y extinción de incendios y salvamento hace precisa la introducción por primera vez de modificaciones en el título IV de la Ley Foral 8/2005, relativo a los servicios públicos de prevención y extinción de incendios y salvamento prestados por las distintas Administraciones públicas de la Comunidad Foral.