Preambulo �nico regula ...s postales

Preambulo �nico regula el acceso a la red postal publica y procedimiento de resolucion de conflictos entre operadores postales

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Preambulo

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La Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales garantiza el acceso general a la red postal pública, a través del operador al que el Estado ha encomendado la prestación del servicio postal universal, a todos los usuarios y, en su caso, a los operadores postales a los que se les impongan obligaciones de servicio postal universal, en condiciones de transparencia, no discriminación y objetividad.

El artículo 23.5 de la Ley 24/1998, de 13 de julio, establece además que los operadores postales distintos de los referidos en el párrafo anterior deberán negociar las condiciones de acceso a la red postal pública con el proveedor del servicio postal universal, responsable de su gestión, de forma que se evite cualquier tipo de acuerdo, decisión o recomendación colectiva, práctica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o en parte del mercado postal español, tal como previene el artículo 48.2 del Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, aprobado por Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre.

A su vez, el artículo 5.6 de la Ley 24/1998, de 13 de julio, dispone que corresponderá al Ministerio de Fomento la resolución de las controversias relacionadas con el acceso a la red postal pública que surjan entre el operador al que se encomienda la prestación del servicio postal universal y otros operadores postales que lleven a cabo servicios incluidos en dicho ámbito.

Este real decreto tiene por finalidad la adopción de medidas que promuevan la competencia efectiva en el sector postal y la mejora de los servicios, para lo cual regula el acceso de los operadores postales a la red pública, fomenta la consecución de acuerdos entre los operadores del mercado postal y regula un procedimiento eficaz para la resolución de conflictos en los supuestos previstos en el artículo 5.6 de la Ley 24/1998, de 13 de julio.

La aprobación de este real decreto da cumplimiento al Acuerdo del Consejo de Ministros, de 25 de febrero de 2005, por el que se adoptan mandatos para poner en marcha medidas de impulso a la productividad, cuyo mandato noveno ha previsto el establecimiento de un procedimiento de resolución de conflictos entre los operadores del sector postal y de acceso a la red postal pública.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Fomento, con la aprobación previa del Ministro de Administraciones Públicas, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de noviembre de 2006,

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