Preambulo �nico Electoral de Murcia

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Preambulo

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EL PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA

Sea notorio a todos los ciudadanos de la Región de Murcia, que la Asamblea Regional ha aprobado la Ley 2/1987, de 24 de febrero, Electoral de la Región de Murcia.

Por consiguiente, al amparo del artículo 30.2, del Estatuto de Autonomía, en nombre del Rey, promulgo y ordeno la publicación de la siguiente Ley:

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-03-1987 en vigor desde 13-03-1987