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Preambulo �nico Modificación de la Ley 11/2016, de la Agencia de prevención y lucha contra el fraude y la corrupción de la Comunitat Valenciana

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PREÁMBULO

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La Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, tuvo como resultado la creación de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude de la Comunitat Valenciana.

Mediante la Ley 11/2018, de 27 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, se modificó el artículo 1.1 para clarificar su naturaleza jurídica; el artículo 14.3, disponiendo los efectos desestimatorios de la falta de resolución expresa en procedimientos relacionados con la protección de personas denunciantes; el artículo 29.2, esclareciendo la normativa de aplicación a su personal funcionario; el artículo 30.6 para incorporar la sujeción de su gestión económica y presupuestaria a la Intervención de Les Corts, además de la correspondiente a la Sindicatura de Comptes, y finalmente, el apartado dos de la disposición transitoria primera, en cuanto a la tramitación y aprobación del reglamento de funcionamiento y régimen interior de la agencia.

El Consell, en fecha 20 de julio de 2022, publicó en el DOGV número 9387 la apertura del trámite de información pública de anteproyecto de modificación de la Ley 11/2016, de 28 de noviembre, de la Generalitat, de la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, por el que se pretendía transponer, a través de la de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, la Directiva 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del derecho de la Unión, y otras modificaciones relativas al ámbito de actuación de la agencia del estatuto de la persona denunciante, estatuto personal de la dirección de la agencia y del nombramiento, principios, incompatibilidades y cese, entre otros.

A la vista de los antecedentes expuestos, y con la voluntad de completar la tarea legislativa emprendida para dotar así a la agencia de una ley más clarificadora en los aspectos antes mencionados que posibilite un mejor funcionamiento de la agencia en su conjunto y su mejor servicio a la ciudadanía.