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Orden HAC/11/2024, de 27 de junio, por la que se aprueba la relación de municipios que tienen la condición de zona rural de Cantabria con reto demográfico para el ejercicio 2024., - Boletín Oficial de Cantabria, de 05-07-2024

Tiempo de lectura: 3 min

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Ambito: Cantabria

Órgano emisor: Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos

Boletín: Boletín Oficial de Cantabria Número 130

F. Publicación: 05/07/2024

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Cantabria Número 130 de 05/07/2024 y no contiene posibles reformas posteriores

Orden HAC/11/2024, de 27 de junio, por la que se aprueba la relación de municipios que tienen la condición de zona rural de Cantabria con reto demográfico para el ejercicio 2024.

El medio rural de Cantabria se enfrenta hace décadas al problema, cada vez más preocupante, de pérdida de población, siendo este cambio demográfico uno de los grandes desafíos de la Comunidad Autónoma y también del conjunto de España.

El texto refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, contempla en su artículo 2.11 el problema del despoblamiento de sus zonas rurales y, por ello, se establecen deducciones de la cuota del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I.R.P.F.) e incentivos para el establecimiento de personas en estas zonas. A estos efectos, define el concepto de "Zonas rurales de Cantabria con reto demográfico", señalando que se consideran como tal aquellos municipios o ayuntamientos que cumplan alguno de los siguientes criterios objetivos:

a)Población inferior a 2.000 habitantes.

b)Densidad de población inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado.

c)Tasa de envejecimiento superior al 30%.

Mediante el artículo 3. Siete de la Ley de Cantabria 3/2023, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas se modifica y se amplían las deducciones sobre la cuota íntegra autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Jurídicas y los incentivos fiscales para el establecimiento de personas en estas zonas con reto demográfico.

A tal fin se contempla que la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos publique anualmente mediante Orden la relación de municipios o ayuntamientos que tendrán tal consideración, de acuerdo con los datos oficiales facilitados por el ICANE. Además, para dotar de la estabilidad necesaria a una medida de este tipo, se establece en la presente Orden que los municipios de zonas rurales de Cantabria con reto demográfico, lo serán cuando cumplan alguna de las condiciones reseñadas, al menos en uno de los dos años anteriores. De este modo para el año 2024, los años de referencia serán 2022 y 2023.

En atención a lo expuesto anteriormente y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 35 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, a propuesta de la Agencia Cántabra de Administración Tributaria,

DISPONGO

Artículo único. Municipios de zonas rurales de Cantabria con reto demográfico.

Dando cumplimiento al precepto de publicación mediante Orden de la relación de municipios que pueden ser calificados como "Zonas rurales de Cantabria con reto demográfico" por concurrir en los mismos los criterios objetivos contemplados en el artículo 2.11 del Texto Refundido de la Ley de Medidas Fiscales en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 62/2008, de 19 de junio, en los años 2022 o 2023, y una vez verificados los datos oficiales que obran en poder del Instituto Cántabro de Estadística (ICANE), se establecen como Municipios de Zonas rurales de Cantabria con reto demográfico para el ejercicio 2024, los siguientes:

CÓDIGO MUNICIPIOMUNICIPIO

39003Anievas

39004Arenas de Iguña

39005Argoños

39007Arredondo

39010Bárcena de Pie de Concha

39013Cabezón de Liébana

39014Cabuérniga

39015Camaleño

39017Campoo de Yuso

39021Cieza

39022Cillorigo de Liébana

39029Escalante

39031Hazas de Cesto

39032Hermandad de Campoo de Suso

39033Herrerías

39034Lamason

39036Liendo

39038Limpias

39039Luena

39045Miera

39046Molledo

39049Peñarrubia

39050Pesaguero

39051Pesquera

39053Polaciones

39055Potes

39058Rasines

39059Reinosa

39063Rionansa

39064Riotuerto

39065Rozas de Valdearroyo (Las)

39066Ruente

39067Ruesga

39068Ruiloba

39070San Miguel de Aguayo

39071San Pedro del Romeral

39072San Roque de Riomiera

39077Santiurde de Reinosa

39078Santiurde de Toranzo

39081Saro

39082Selaya

39083Soba

39084Solorzano

39086Tojos (Los)

39088Treviso

39089Tudanca

39090Udias

39092Valdeolea

39093Valdeprado del Rio

39094Valderredible

39096Vega de Liébana

39097Vega de Pas

39098Villacarriedo

39100Villafufre

39101Valle de Villaverde

Nº de municipios55

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria.

Santander, 27 de junio de 2024

El consejero de Economía, Hacienda y Fondos Europeos Luis Ángel Agüeros Sánchez.