Legislación

ORDEN de 15 de junio de 2000, del Departamento de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, por la que se modifica el modelo de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad dispuesto en el anexo IV del Decreto 19/1999, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la promoción de la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas, urbanísticas, de transportes y de la comunicación. - Boletín Oficial de Aragón, de 05-07-2000

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Ambito: Aragón

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE SALUD

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 79

F. Publicación: 05/07/2000

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de Aragón Número 79 de 05/07/2000 y no contiene posibles reformas posteriores

En virtud del Decreto 108/2000, de 29 de mayo, del Gobierno de Aragón, de modificación del Decreto 19/1999, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación, se atribuye la competencia al Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, para modificar los símbolos de accesibilidad y sus grafismos, dispuestos en los Anexos del Decreto mencionado, con el fin de adaptarlos a las normas europeas e internacionales sobre esta materia.

En concreto, en el Anexo IV del Decreto 19/1999, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación, se establece el modelo de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.

El Consejo de la Unión Europea dictó la Recomendación 98/376/CE, de obligado cumplimiento, en la que se establecía la necesidad de que los Estados miembros crearan la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, de acuerdo con un modelo comunitario uniforme descrito en el Anexo de la Recomendación. Además, la Recomendación dispone que dichas tarjetas deberán estar disponibles, a más tardar, a partir del año 2000, consiguiéndose con este modelo común, que el titular de una tarjeta de este tipo pueda disfrutar de las facilidades de estacionamiento en el Estado miembro en que se encuentre.

Con el propósito de cumplir la Recomendación del Consejo de la Unión Europea, resulta imprescindible modificar el modelo de tarjeta de estacionamiento dispuesto en el Anexo IV del Decreto 19/1999 de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación, aprobándose, mediante la presente Orden, el modelo de tarjeta, de acuerdo con las características dispuestas en el Anexo de la Recomendación 98/376/CE, del Consejo de la Unión Europea.

Por todo ello, y en uso de las atribuciones que tiene conferidas este Departamento, dispongo:

Primero. De conformidad con lo dispuesto en la Recomendación 98/376/CE, del Consejo de la Unión Europea, se modifica el modelo de tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, dispuesto en el Anexo IV del Decreto 19/ 1999, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación, aprobándose en su lugar el modelo siguiente:

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Disposición transitoria.

El modelo de tarjeta anterior, dispuesto en el Anexo IV del Decreto 19/1999, de 9 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Promoción de la Accesibilidad y Supresión de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas, de Transportes y de la Comunicación, se podrá seguir utilizando hasta el 31 de diciembre de 2000, fecha a partir de la cual se procederá a su total sustitución por el nuevo modelo.

Disposición final.

La presente Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».

Zaragoza, 15 de junio de 2000.

El Consejero de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, ALBERTO LARRAZ VILETA