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Orden de 18 de abril de 2022, por la que se crea el portal de internet específico andaluciavuela., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 21-04-2022

Tiempo de lectura: 8 min

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACION PUBLICA E INTERIOR

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 75

F. Publicación: 21/04/2022

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 75 de 21/04/2022 y no contiene posibles reformas posteriores

La Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior tiene atribuidas, de conformidad con el artículo 1 del Decreto 114/2020, de 8 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, las competencias en materia de tecnologías de la información, telecomunicaciones y ciberseguridad en el ámbito de la Junta de Andalucía, otras administraciones y ciudadanía y el impulso del uso de la Inteligencia Artificial de una forma segura y fiable. Asimismo, le corresponde la competencia relativa a la estrategia digital, como marco común y unificado de referencia para la elaboración, desarrollo e implantación de un modelo digital en la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, que se oriente a la prestación de servicios públicos siguiendo el paradigma de Gobierno abierto, permitiendo el acceso a la información pública a través del Portal de la Junta de Andalucía, poniendo a disposición de la sociedad sus datos, fomentando la participación ciudadana, mediante la transformación interna y externa de los modelos de relación que se definan a través de los instrumentos de administración electrónica. Asimismo, le corresponde la definición de los bienes y servicios informáticos de carácter general y, en su caso, su gestión y contratación centralizada.

Mediante la disposición adicional vigesimosegunda de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, se creó la Agencia Digital de Andalucía, como agencia administrativa de las previstas en el artículo 54.2.a) de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía. La Agencia tiene personalidad jurídica pública diferenciada, plena capacidad jurídica y de obrar, patrimonio y tesorería propios, sin perjuicio del principio de unidad de caja establecido en el artículo 73.b) del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.

El artículo 6 de los Estatutos de la Agencia Digital, aprobados mediante Decreto 128/2021, de 30 de marzo, establece entre sus potestades, fines, funciones y competencias, las siguientes:

b) La ejecución de las políticas de impulso de la sociedad de la información en Andalucía, así como el diseño y ejecución de programas destinados a fomentar el acceso y uso de los servicios digitales por parte de la ciudadanía, contribuyendo a la reducción de las brechas digitales.

p) La promoción del uso seguro y responsable de Internet y las nuevas tecnologías por parte de la ciudadanía, así como, el desarrollo de programas de capacitación y certificación en competencias digitales dirigidos a la ciudadanía.

q) La participación en las propuestas e iniciativas sobre agilización y simplificación de procedimientos administrativos y servicios, atención a la ciudadanía, gobierno abierto y transparencia que se realicen en la Administración de la Junta de Andalucía, incluyéndose aquellas dirigidas a otras Administraciones Públicas, al sector público, Universidades, empresas y sector privado en general.

A pesar de la importancia que tiene la competencia digital en el mundo actual, si analizamos la situación de las competencias digitales en España, tomando como referencia los datos de 2020 del informe DESI (The Digital Economy and Society Index: un índice compuesto por una agrupación de indicadores relevantes sobre el rendimiento digital de Europa), podemos comprobar que una gran parte de la población española no está suficientemente capacitada en habilidades digitales básicas: sólo el 57% de la población entre 16 y 74 años posee dichas habilidades en comparación, por ejemplo, con el 72% en Suecia. De hecho, siguen existiendo ciertos colectivos donde se acentúa esta falta de competencias, a lo que hay que añadir la carencia de ciudadanos formados en habilidades digitales superiores que puedan responder a las demandas de nuevas posiciones que surgen en el mercado laboral.

La incorporación de la tecnología en las actividades diarias está teniendo un impacto muy significativo y transversal en la ciudadanía, creando nuevos hábitos, formas de trabajo y mecanismos para relacionarnos entre nosotros y con las organizaciones públicas y privadas. Este proceso de cambio está siendo sin duda el gran protagonista de la evolución social y económica que se viene experimentando en el mundo en estos últimos años. Este contexto cambiante y en continua evolución, ofrece importantes oportunidades en el ámbito personal y profesional, aunque requiere de gran capacidad de adaptación y aprendizaje continuo.

La sociedad requiere, por tanto, de espacios para el desarrollo de las competencias digitales de la ciudadanía cuyo objetivo es de servir de plataforma hacia la integración en la nueva sociedad y economía digital. Estos espacios deben servir para la mejora de las competencias digitales en base a las necesidades que, por perfiles, niveles y grado de especialización, demanden los sectores productivos. El marco en el que se deben encuadrar estas acciones para alcanzar esta filosofía progresiva y adaptativa es el Marco Europeo de Competencias Digitales para la Ciudadanía, conocido como marco DigComp.

A nivel europeo, el 9 de marzo de 2021 la Comisión Europea presentó la «Brújula digital para 2030: la Vía Europea de la Década Digital» con objeto de hacer realidad las ambiciones digitales de la UE para 2030. Este nuevo marco tiene como finalidad conseguir una transformación digital exitosa, basada en el empoderamiento de los ciudadanos y del liderazgo tecnológico, lo que se traduce en una sociedad más resiliente y próspera.

Por otro lado, el Plan Nacional de Competencias Digitales contempla como primer objetivo estratégico garantizar la inclusión digital, es decir, no dejar a nadie atrás en el proceso de digitalización y avanzar en el desarrollo de competencias básicas de la ciudadanía. Para la consecución de este objetivo, el Plan establece como primera línea de actuación la capacitación digital de la ciudadanía para que todas las personas puedan comunicarse, comprar, realizar transacciones, relacionarse con las administraciones usando las tecnologías digitales con autonomía y suficiencia.

El Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, define como punto de acceso electrónico el conjunto de páginas web agrupadas en un dominio de Internet cuyo objetivo es ofrecer a la ciudadanía, de forma fácil e integrada, el acceso a la información y los recursos y servicios disponibles, y los regula clasificándolos en tres tipos: el Portal de la Junta de Andalucía, los portales de Internet específicos y las sedes electrónicas. En su artículo 16 establece que podrán crearse Portales de Internet específicos de la Junta de Andalucía, como espacios virtuales en los que difundir de manera más directa la información relativa a una concreta competencia o materia.

En relación con lo anterior, en base a criterios de racionalidad, eficiencia y proximidad a la ciudadanía, con el informe favorable de la Agencia Digital de Andalucía, y de conformidad con el artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y el artículo 16 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Creación.

Mediante esta orden se crea el Portal de Internet específico andaluciavuela.

Segundo. Objeto y ámbito de aplicación.

El portal de Internet específico andaluciavuela tiene por objeto integrar todos los recursos que la Junta de Andalucía pone a disposición de la ciudadanía en relación con la consecución de competencias digitales básicas en el uso de las tecnologías de la información.

Mediante este portal, se facilitará el acceso a las plataformas de diagnóstico, capacitación y certificación de competencias digitales, así como la información relacionada con todos los proyectos de la Agencia Digital de Andalucía en los que se aplique la marca andaluciavuela.

Este portal es una vía abierta a la ciudadanía donde se ofrecerá una cartera de servicios que posibilitarán a la misma su crecimiento en competencias digitales, desde un diagnóstico inicial de sus competencias, hasta una certificación de las mismas que evidencie el itinerario de aprendizaje recorrido, además de constituir un punto de información actualizado sobre aquello que la sociedad pueda requerir en este ámbito.

Tercero. Dominio.

El Portal de internet específico andaluciavuela se configura como una dirección electrónica disponible a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a la Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, a través de la Agencia Digital de Andalucía.

La dirección electrónica de referencia del Portal será: https://andaluciavuela.es.

Cuarto. Titularidad.

La titularidad del portal específico corresponde a la Agencia Digital de Andalucía, que será la entidad responsable de su funcionamiento, así como de la información y servicios que se presten mediante el mismo.

Quinto. Estructura.

El portal de Internet específico andaluciavuela se estructura a través de los siguientes ejes principales: la inclusión digital, la capacitación en competencias digitales, el uso de las tecnologías de la información para acceder a los servicios públicos y el impulso de la conectividad.

Sevilla, 18 de abril de 2022

ELÍAS BENDODO BENASAYAG

Consejero de la Presidencia,Administración Pública e Interior