Legislación

Orden de 17 de enero de 2019, por la que se acuerdan actuaciones específicas en memoria democrática en varios municipios andaluces., - Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de 29-01-2019

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Ambito: Andalucía

Órgano emisor: CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA, ADMINISTRACION LOCAL Y MEMORIA DEMOCRATICA

Boletín: Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 19

F. Publicación: 29/01/2019

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta normal es una reproducción del texto publicando en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Número 19 de 29/01/2019 y no contiene posibles reformas posteriores

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía, las actividades dirigidas a la localización, exhumación y, en su caso, la identificación de los restos de personas desaparecidas, víctimas de la represión, deberán ser autorizadas por la Consejería competente en materia de memoria democrática de acuerdo con los protocolos previstos en la ley y con las garantías y procedimientos que se establezcan reglamentariamente.

Siguiendo el procedimiento establecido en el artículo 7.1 del Decreto 334/2003, de 2 de diciembre, para la coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil Española y la Posguerra, el Comité Técnico de Coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Posguerra, regulado por Orden de 9 de julio 2013, en sesiones celebradas los días 22 de abril de 2016, 3 de julio de 2017, 18 de enero de 2018, 20 de junio de 2018 y 20 de diciembre de 2018, acordó elevar propuesta para la aprobación, entre otras, de las actuaciones de indagación-localización, delimitación, exhumación, estudio antropológico e identificación genética, si procediera, en las localidades de Padul, Víznar, Tocón de Íllora, Jerez y Alfacar y Cádiz, El Puerto de Santa María, Jimena de la Frontera, La Línea de la Concepción y Prado del Rey.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto 204/ 2015, de 14 de julio (modificado por el Decreto 142/2017, de 29 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática, y a propuesta del Director General de Memoria Democrática,

DISPONGO

Primero. Aprobar, a propuesta del Comité Técnico de Coordinación de actuaciones en torno a la recuperación de la Memoria Histórica y el reconocimiento institucional y social de las personas desaparecidas durante la Guerra Civil y la Posguerra, regulado por Orden de 9 de julio 2013, las actuaciones de indagación-localización, delimitación, exhumación e identificación genética, si procediera, en las siguientes localidades:

En la provincia de Cádiz:

- Jerez.

- Cádiz.

- El Puerto de Santa María.

- Jimena de la Frontera.

- La Línea de la Concepción.

- Prado del Rey.

En la provincia de Granada:

- Padul.

- Víznar.

- Tocón de Íllora.

- Alfacar.

Sevilla, 17 de enero de 2019

MANUEL JIMÉNEZ BARRIOS
Vicepresidente de la Junta de Andalucíay Consejero de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática,en funciones