Orden de 07/06/2016, de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural, por la que se fijan los períodos hábiles de caza y las vedas aplicables con carácter general a todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha para la temporada cinegética 2016-2017. [2016/6224] - Diario Oficial de Castilla La-Mancha de 10-06-2016
Índice
Texto
Ambito: Castilla-La Mancha
Estado: VIGENTE. Validez desde 10 de Junio de 2016
Órgano emisor: CONSEJERIA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y DESARROLLO RURAL
Boletín: Diario Oficial de Castilla La-Mancha Número 113
F. Publicación: 10/06/2016
Artículo 1. Especies objeto de caza, especies exóticas objeto de control de poblaciones y especies comercializables.
Artículo 2. Periodos y días hábiles de caza.
Artículo 3. Del ejercicio de la cetrería.
Artículo 4. Flechas utilizables para la práctica de la caza.
Artículo 5. Prohibición de métodos y medios de captura.
Artículo 6. Control sanitario de las piezas abatidas.
Artículo 7. Recogida de vainas o casquillos de munición y otros objetos.
Artículo 8. Colocación de puestos en lindes cinegéticas.
Artículo 9. Señalización de las cacerías.
Artículo 10. Medidas de control de especies y prevención de daños.
Artículo 11. Limitaciones y excepciones cinegéticas.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA.
ANEXO 1. Términos municipales en los que la presencia de arrui (Ammotragus lervia), debe considerarse anterior a la entrada en vigor de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
ANEXO 2. Resumen periodos hábiles de caza.