LEY ORGANICA 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional - Boletín Oficial del Estado de 05-10-1979
Índice
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Agosto de 2024
F. entrada en vigor: 25/10/1979
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 239
F. Publicación: 05/10/1979
Preambulo
Artículo setenta y ocho
TÍTULO PRIMERO. Del Tribunal Constitucional
CAPÍTULO PRIMERO. Del Tribunal Constitucional, su organización y atribuciones
Artículo primero
Artículo segundo
Artículo tercero
Artículo cuarto
Artículo quinto
Artículo sexto
Artículo séptimo
Artículo octavo
Artículo noveno
Artículo diez
Artículo once
Artículo doce
Artículo trece
Artículo catorce
Artículo quince
CAPÍTULO II. De los Magistrados del Tribunal Constitucional
Artículo dieciséis
Artículo diecisiete
Artículo dieciocho
Artículo diecinueve
Artículo veinte
Artículo veintiuno
Artículo veintidós
Artículo veintitrés
Artículo veinticuatro
Artículo veinticinco
Artículo veintiséis
TÍTULO II. De los procedimientos de declaración de inconstitucionalidad
CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales
Artículo veintisiete
Artículo veintiocho
Artículo veintinueve
Artículo treinta
CAPÍTULO II. Del recurso de inconstitucionalidad
Artículo treinta y uno
Artículo treinta y dos
Artículo treinta y tres
Artículo treinta y cuatro
CAPÍTULO III. De la cuestión de inconstitucionalidad promovida por Jueces o Tribunales
Artículo treinta y cinco
Artículo treinta y seis
Artículo treinta y siete
CAPÍTULO IV. De la sentencia en procedimientos de inconstitucionalidad y de sus efectos
Artículo treinta y ocho
Artículo treinta y nueve
Artículo cuarenta
TÍTULO III. Del recurso de amparo constitucional
CAPÍTULO PRIMERO. De la procedencia e interposición del recurso de amparo constitucional
Artículo cuarenta y uno
Artículo cuarenta y dos
Artículo cuarenta y tres
Artículo cuarenta y cuatro
Artículo cuarenta y cinco
Artículo cuarenta y seis
Artículo cuarenta y siete
CAPÍTULO II. De la tramitación de los recursos de amparo constitucional
Artículo cuarenta y ocho
Artículo cuarenta y nueve
Artículo cincuenta
Artículo cincuenta y uno
Artículo cincuenta y dos
CAPÍTULO III. De la resolución de los recursos de amparo constitucional y sus efectos
Artículo cincuenta y tres
Artículo cincuenta y cuatro
Artículo cincuenta y cinco
Artículo cincuenta y seis
Artículo cincuenta y siete
Artículo cincuenta y ocho
TÍTULO IV. De los conflictos constitucionales
CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales
Artículo cincuenta y nueve
CAPÍTULO II. De los conflictos entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de éstas entre sí
Artículo sesenta
Artículo sesenta y uno
SECCION PRIMERA. CONFLICTOS POSITIVOS
Artículo sesenta y dos
Artículo sesenta y tres
Artículo sesenta y cuatro
Artículo sesenta y cinco
Artículo sesenta y seis
Artículo sesenta y siete
SECCION SEGUNDA. CONFLICTOS NEGATIVOS
Artículo sesenta y ocho
Artículo sesenta y nueve
Artículo setenta
Artículo setenta y uno
Artículo setenta y dos
CAPÍTULO III. De los conflictos entre órganos constitucionales del Estado
Artículo setenta y tres
Artículo setenta y cuatro
Artículo setenta y cinco
CAPÍTULO IV. De los conflictos en defensa de la autonomía local
Artículo 75 bis.
Artículo 75 ter.
Artículo 75 quater.
Artículo 75 quinque.
TÍTULO V. De la impugnación de disposiciones sin fuerza de Ley y resoluciones de las Comunidades Autónomas prevista en el artículo 161.2 de la Constitución
Artículo setenta y seis
Artículo setenta y siete
TÍTULO VI. De la declaración sobre la Constitucionalidad de los tratados internacionales
TÍTULO VI BIS. Del recurso previo de inconstitucionalidad contra Proyectos de Estatutos de Autonomía y contra Propuestas de Reforma de Estatutos de Autonomía
Artículo setenta y nueve
TÍTULO VII. De las disposiciones comunes sobre procedimiento
Artículo ochenta
Artículo ochenta y uno
Artículo ochenta y dos
Artículo ochenta y tres
Artículo ochenta y cuatro
Artículo ochenta y cinco
Artículo ochenta y seis
Artículo ochenta y siete
Artículo ochenta y ocho
Artículo ochenta y nueve
Artículo noventa
Artículo noventa y uno
Artículo noventa y dos
Artículo noventa y tres
Artículo noventa y cuatro
Artículo noventa y cinco
TÍTULO VIII. Del personal al servicio del Tribunal Constitucional
Artículo noventa y seis
Artículo noventa y siete
Artículo noventa y ocho
Artículo noventa y nueve
Artículo cien
Artículo ciento uno
Artículo ciento dos
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.
D.T. 2ª.
D.T. 3ª.
D.T. 4ª.
D.T. 5ª.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.
D.A. 2ª.
D.A. 3ª.
D.A. 4ª.
D.A. 5ª.