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LEY ORGANICA 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional - Boletín Oficial del Estado de 05-10-1979

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Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 22 de Agosto de 2024

F. entrada en vigor: 25/10/1979

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 239

F. Publicación: 05/10/1979


Preambulo
TÍTULO PRIMERO. Del Tribunal Constitucional
CAPÍTULO PRIMERO. Del Tribunal Constitucional, su organización y atribuciones
Artículo primero Artículo segundo Artículo tercero Artículo cuarto Artículo quinto Artículo sexto Artículo séptimo Artículo octavo Artículo noveno Artículo diez Artículo once Artículo doce Artículo trece Artículo catorce Artículo quince
CAPÍTULO II. De los Magistrados del Tribunal Constitucional
Artículo dieciséis Artículo diecisiete Artículo dieciocho Artículo diecinueve Artículo veinte Artículo veintiuno Artículo veintidós Artículo veintitrés Artículo veinticuatro Artículo veinticinco Artículo veintiséis
TÍTULO II. De los procedimientos de declaración de inconstitucionalidad
CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales
Artículo veintisiete Artículo veintiocho Artículo veintinueve Artículo treinta
CAPÍTULO II. Del recurso de inconstitucionalidad
Artículo treinta y uno Artículo treinta y dos Artículo treinta y tres Artículo treinta y cuatro
CAPÍTULO III. De la cuestión de inconstitucionalidad promovida por Jueces o Tribunales
Artículo treinta y cinco Artículo treinta y seis Artículo treinta y siete
CAPÍTULO IV. De la sentencia en procedimientos de inconstitucionalidad y de sus efectos
Artículo treinta y ocho Artículo treinta y nueve Artículo cuarenta
TÍTULO III. Del recurso de amparo constitucional
CAPÍTULO PRIMERO. De la procedencia e interposición del recurso de amparo constitucional
Artículo cuarenta y uno Artículo cuarenta y dos Artículo cuarenta y tres Artículo cuarenta y cuatro Artículo cuarenta y cinco Artículo cuarenta y seis Artículo cuarenta y siete
CAPÍTULO II. De la tramitación de los recursos de amparo constitucional
Artículo cuarenta y ocho Artículo cuarenta y nueve Artículo cincuenta Artículo cincuenta y uno Artículo cincuenta y dos
CAPÍTULO III. De la resolución de los recursos de amparo constitucional y sus efectos
Artículo cincuenta y tres Artículo cincuenta y cuatro Artículo cincuenta y cinco Artículo cincuenta y seis Artículo cincuenta y siete Artículo cincuenta y ocho
TÍTULO IV. De los conflictos constitucionales
CAPÍTULO PRIMERO. Disposiciones generales
Artículo cincuenta y nueve
CAPÍTULO II. De los conflictos entre el Estado y las Comunidades Autónomas o de éstas entre sí
Artículo sesenta Artículo sesenta y uno
SECCION PRIMERA. CONFLICTOS POSITIVOS
Artículo sesenta y dos Artículo sesenta y tres Artículo sesenta y cuatro Artículo sesenta y cinco Artículo sesenta y seis Artículo sesenta y siete
SECCION SEGUNDA. CONFLICTOS NEGATIVOS
Artículo sesenta y ocho Artículo sesenta y nueve Artículo setenta Artículo setenta y uno Artículo setenta y dos
CAPÍTULO III. De los conflictos entre órganos constitucionales del Estado
Artículo setenta y tres Artículo setenta y cuatro Artículo setenta y cinco
CAPÍTULO IV. De los conflictos en defensa de la autonomía local
Artículo 75 bis. Artículo 75 ter. Artículo 75 quater. Artículo 75 quinque.
TÍTULO V. De la impugnación de disposiciones sin fuerza de Ley y resoluciones de las Comunidades Autónomas prevista en el artículo 161.2 de la Constitución
Artículo setenta y seis Artículo setenta y siete
TÍTULO VI. De la declaración sobre la Constitucionalidad de los tratados internacionales
Artículo setenta y ocho
TÍTULO VI BIS. Del recurso previo de inconstitucionalidad contra Proyectos de Estatutos de Autonomía y contra Propuestas de Reforma de Estatutos de Autonomía
Artículo setenta y nueve
TÍTULO VII. De las disposiciones comunes sobre procedimiento
Artículo ochenta Artículo ochenta y uno Artículo ochenta y dos Artículo ochenta y tres Artículo ochenta y cuatro Artículo ochenta y cinco Artículo ochenta y seis Artículo ochenta y siete Artículo ochenta y ocho Artículo ochenta y nueve Artículo noventa Artículo noventa y uno Artículo noventa y dos Artículo noventa y tres Artículo noventa y cuatro Artículo noventa y cinco
TÍTULO VIII. Del personal al servicio del Tribunal Constitucional
Artículo noventa y seis Artículo noventa y siete Artículo noventa y ocho Artículo noventa y nueve Artículo cien Artículo ciento uno Artículo ciento dos
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. D.T. 2ª. D.T. 3ª. D.T. 4ª. D.T. 5ª.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. D.A. 2ª. D.A. 3ª. D.A. 4ª. D.A. 5ª.