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LEY 7/2022, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023. - Boletín Oficial de Canarias de 31-12-2022

Tiempo de lectura: 37 min

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Ambito: Canarias

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2024

F. entrada en vigor: 01/01/2023

Órgano emisor: Presidencia del Gobierno

Boletín: Boletín Oficial de Canarias Número 257

F. Publicación: 31/12/2022

Documento oficial en PDF: Enlace


PREÁMBULO
TÍTULO I. DE LA APROBACIÓN DE LOS PRESUPUESTOS
Artículo 1. Ámbito de los presupuestos generales de la comunidad autónoma. Artículo 2. De la aprobación de los estados de gastos e ingresos de los entes con presupuesto limitativo. Artículo 3. De la cuenta de operaciones comerciales del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia. Artículo 4. De los presupuestos de los entes con presupuesto estimativo.
TÍTULO II. DE LAS MODIFICACIONES DE LOS CRÉDITOS Y GASTOS PLURIANUALES
CAPÍTULO I. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Artículo 5. Ámbito de aplicación.
CAPÍTULO II. TEMPORALIDAD Y VINCULACIÓN DE LOS CRÉDITOS
Artículo 6. Temporalidad de los créditos. Artículo 7. Vinculación de los créditos. Artículo 8. Vinculación específica de los créditos ampliables. Artículo 9. Otras vinculaciones específicas.
CAPÍTULO III. MODIFICACIONES DE CRÉDITO
Artículo 10. Régimen general. Artículo 11. Generaciones de crédito. Artículo 12. Incorporaciones de crédito. Artículo 13. Créditos ampliables. Artículo 14. Tramitación de ampliaciones de crédito de otros entes públicos. Artículo 15. Crédito ampliable del Instituto Canario de la Vivienda. Artículo 16. Régimen de las transferencias de crédito. Artículo 17. Excepciones. Artículo 18. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito para la financiación de obligaciones pendientes de imputar al presupuesto y garantizar el cumplimiento del plazo legal de pago a proveedores. Artículo 19. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito para el destino del superávit. Artículo 20. Anticipos de tesorería.
CAPÍTULO IV. GASTOS PLURIANUALES
Artículo 21. Gastos plurianuales.
CAPÍTULO V. RÉGIMEN COMPETENCIAL
Artículo 22. Competencias del Gobierno. Artículo 23. Competencias de la persona titular de la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos. Artículo 24. Competencias de los titulares de los departamentos. Artículo 25. Competencia para las modificaciones de créditos de entes con presupuesto limitativo.
TÍTULO III. DE LA GESTIÓN PRESUPUESTARIA
Artículo 26. Gestión de determinados gastos. Artículo 27. Asignación de la gestión de determinados créditos. Artículo 28. Créditos cofinanciados con fondos europeos estructurales. Artículo 29. Autorización de determinadas transferencias, préstamos y convenios. Artículo 30. De los créditos para la financiación de las universidades canarias y autorización de costes de personal. Artículo 31. Otras medidas de gestión universitaria. Artículo 32. Del presupuesto del Parlamento y órganos de relevancia estatutaria.
TÍTULO IV. DE LOS ENTES CON PRESUPUESTO ESTIMATIVO
Artículo 33. Modificaciones presupuestarias.
TÍTULO V. DE LOS GASTOS Y MEDIDAS DE GESTIÓN DE PERSONAL
CAPÍTULO I. GASTOS DE PERSONAL
Artículo 34. Determinación de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la comunidad autónoma. Artículo 35. Retribuciones de los miembros del Gobierno y del Consejo Consultivo, de los altos cargos y del personal directivo de los entes del sector público con presupuesto limitativo. Artículo 36. Retribuciones de los funcionarios de la comunidad autónoma. Artículo 37. Retribuciones del personal laboral del sector público de la comunidad autónoma con presupuesto limitativo. Artículo 38. Retribuciones del personal funcionario del Cuerpo General de la Policía Canaria. Artículo 39. Retribuciones de los funcionarios de los cuerpos al servicio de la administración de justicia. Artículo 40. Retribuciones del personal funcionario, estatutario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud. Artículo 41. Complemento por formación permanente, complemento de especial responsabilidad y gratificaciones del personal docente no universitario. Artículo 42. Retribución de las horas lectivas complementarias del personal docente no universitario. Artículo 43. Política retributiva y de gastos de personal de los entes del sector público con presupuesto estimativo. Artículo 44. Requisitos para la determinación o modificación de retribuciones del personal de los entes con presupuesto estimativo. Artículo 45. Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 46. Acción social y premios de jubilación y permanencia. Artículo 47. Autorización de acuerdos y convenios en materia de personal y limitación del gasto del personal.
CAPÍTULO II. MEDIDAS DE GESTIÓN DE PERSONAL
Artículo 48. Planificación de recursos humanos. Artículo 49. Plantilla presupuestaria. Artículo 50. Gestión de gastos de personal y ejecución de créditos presupuestarios. Artículo 51. Cobertura presupuestaria. Artículo 52. Oferta de empleo público. Artículo 53. Contratación de personal laboral temporal. Artículo 54. Contratación de personal laboral con cargo a créditos de inversiones. Artículo 55. Nombramiento de personal interino. Artículo 56. Compensación de horas o servicios extraordinarios. Artículo 57. Gestión y contratación de personal en los entes con presupuesto estimativo.
TÍTULO VI. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
CAPÍTULO I. OPERACIONES DE ENDEUDAMIENTO
Artículo 58. Operaciones de endeudamiento. Artículo 59. Programa de endeudamiento. Artículo 60. Operaciones de endeudamiento de otros entes con presupuesto limitativo incluidos en el artículo 1 de esta ley. Artículo 61. Operaciones de endeudamiento de los entes con presupuesto estimativo incluidos en el artículo 1 de esta ley. Artículo 62. Operaciones de endeudamiento de los restantes entes. Artículo 63. Remisión de información a la Consejería de Hacienda, Presupuestos y Asuntos Europeos.
CAPÍTULO II. AVALES DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS
Artículo 64. Avales de la Comunidad Autónoma de Canarias. Artículo 65. Avales de los demás entes del sector público autonómico.
TÍTULO VII. DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
Artículo 66. Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Canarias.
TÍTULO VIII. DE LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA
CAPÍTULO I. EQUILIBRIO FINANCIERO
Artículo 67. Suministro de información. Artículo 68. Corrección de situaciones de desequilibrio presupuestario. Artículo 69. Planes de viabilidad y saneamiento de los entes con presupuesto estimativo y entes carentes de personalidad jurídica. Artículo 70. Planes de ajuste de las universidades públicas canarias. Artículo 71. Obligaciones relacionadas con contratos administrativos, derivadas de los criterios exigidos en contabilidad nacional. Artículo 72. Operaciones de activo y pasivo distintas de la deuda pública.
CAPÍTULO II. DISPONIBILIDAD DE CRÉDITO
Artículo 73. Retención de créditos afectos a ingresos. Artículo 74. Retención de créditos financiados con remanente de tesorería afectado. Artículo 75. Retención de créditos para garantizar la estabilidad presupuestaria y la sostenibilidad financiera. Artículo 76. Retenciones en el sistema de financiación.
TÍTULO IX. DE LAS CORPORACIONES LOCALES
Artículo 77. De los créditos por transferencias y delegaciones de competencias a los cabildos insulares. Artículo 78. Financiación específica. Artículo 79. Medidas relativas a créditos destinados a financiación específica a las corporaciones locales canarias. Artículo 80. Fondo Canario de Financiación Municipal. Artículo 81. Dotación del Fondo Canario de Financiación Municipal. Artículo 82. Exoneración de garantías en abonos anticipados. DISPOSICIONES ADICIONALES D.A. 1ª. Dación de cuentas. D.A. 2ª. Ingresos del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia. D.A. 3ª. Préstamos y anticipos financiados con cargo a los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 4ª. Gestión económica de determinados centros. D.A. 5ª. Aportaciones dinerarias de la comunidad autónoma. D.A. 6ª. Suspensión de pactos y acuerdos sindicales y de artículos de convenios colectivos. D.A. 7ª. Límite máximo de las cuantías de las retribuciones anuales de los trabajadores que prestan servicios en las entidades del sector público con presupuesto estimativo. D.A. 8ª. Ropa de trabajo. D.A. 9ª. Requisitos del cambio excepcional de categoría profesional regulado en el artículo 31 del III Convenio colectivo del personal laboral de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 10ª. Anticipos reintegrables al personal. D.A. 11ª. Gestión de listas de reserva. D.A. 12ª. Derechos de los empleados públicos que desempeñen un puesto de alto cargo en la Administración o en otras instituciones públicas de la comunidad autónoma, o un puesto de alta dirección en una sociedad mercantil pública. D.A. 13ª. Personal laboral de otras administraciones públicas que desempeñe puesto de personal eventual en la Administración de la comunidad autónoma. D.A. 14ª. Despliegue del Cuerpo General de la Policía Canaria. D.A. 15ª. Jornada de trabajo ordinaria del personal del Cuerpo General de la Policía Canaria. D.A. 16ª. Indemnizaciones por razón del servicio. D.A. 17ª. Indemnizaciones por razón del servicio y gratificaciones por servicios extraordinarios de los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria. D.A. 18ª. Jornada lectiva del personal docente no universitario que imparte las enseñanzas de Educación Infantil y Primaria. D.A. 19ª. Permisos del personal estatutario, funcionario y laboral adscrito a las instituciones sanitarias del Servicio Canario de la Salud. D.A. 20ª. Complemento de productividad factor variable por incentivos del personal adscrito a los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud. D.A. 21ª. Horario de trabajo, funcionamiento de los centros y distribución de la jornada ordinaria de trabajo en el ámbito de la atención primaria en el Servicio Canario de la Salud. D.A. 22ª. Exención voluntaria de guardias y de atención continuada, modalidad B, del personal facultativo y enfermero del Servicio Canario de la Salud. D.A. 23ª. Listas de empleo para la selección y nombramiento de personal estatutario temporal y sustituto en los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud. D.A. 24ª. Ofertas de empleo público de personal estatutario de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud. D.A. 25ª. Modificación de las plantillas de los órganos de prestación de servicios sanitarios del Servicio Canario de la Salud e instrumento de planificación plurianual. D.A. 26ª. Adecuación legal al vínculo funcionarial. D.A. 27ª. Control del gasto de sustituciones del personal funcionario, estatutario y laboral. D.A. 28ª. Especialidades en las indemnizaciones por razón del servicio de los titulares de los órganos superiores de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.A. 29ª. Relaciones de puestos de trabajo de las oficinas judiciales, fiscales, institutos de medicina legal y unidades administrativas de la organización de la administración de justicia en Canarias. D.A. 30ª. De la prórroga de los complementos del personal docente e investigador de las universidades públicas de Canarias. D.A. 31ª. Adaptación de la relación de puestos de trabajo al mapa escolar. D.A. 32ª. Contratación de personal temporal por las entidades que tengan atribuida la condición de medio propio y servicio técnico de las universidades. D.A. 33ª. Coste de reposición de los agentes de la policía local. D.A. 34ª. Suspensión de la compensación financiera a los ayuntamientos prevista en la disposición transitoria, apartado 4, de la Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias, y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias. D.A. 35ª. Convocatorias de concursos de méritos. D.A. 36ª. Asistencias por participación en órganos de selección. D.A. 37ª. Listas de empleo del Cuerpo Administrativo y del Cuerpo Auxiliar. D.A. 38ª. Negociación con la representación de los trabajadores de las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles públicas para el restablecimiento de retribuciones minoradas. D.A. 39ª. Negociación con la representación de los trabajadores de las fundaciones públicas con presupuesto estimativo para el restablecimiento de retribuciones minoradas. D.A. 40ª. Plazas referidas a los Conservatorios de Música de Canarias, afectadas por los procesos selectivos previstos en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. D.A. 41ª. Distribución de los fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados. D.A. 42ª. Concesión de premios. D.A. 43ª. Módulo sanitario de los centros sociosanitarios. D.A. 44ª. Oficinas de farmacia. D.A. 45ª Cuadragésima quinta. Importe de la cuantía mensual y del complemento mensual variable de la ayuda económica básica (PCI) para el año 2023. D.A. 46ª. Garantía de la prestación canaria de inserción y de las prestaciones económicas derivadas de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y atención a las personas en situación de dependencia. D.A. 47ª. Cuadragésima séptima. Plazo de vigencia de los convenios en el marco del Fondo de Desarrollo de Canarias. D.A. 48ª .Tasa por dirección e inspección de obras. D.A. 49ª. Disposición inicial de 100 millones de crédito para reparar las consecuencias originadas por las erupciones volcánicas en la isla de La Palma. D.A. 50ª. Servicio de Orientación y Asesoramiento Jurídico ante la Emergencia Vulcanológica en la isla de La Palma. D.A. 51ª. Vigilancia de los precios del suministro de combustibles en las islas de El Hierro, La Gomera y La Palma. D.A. 52ª. Planes Integrales de Empleo de la isla de La Palma. D.A. 53ª. Sector público autonómico con presupuesto limitativo o estimativo. D.A. 54ª. Sociedades mercantiles públicas. D.A. 55ª. Fondos carentes de personalidad jurídica e instrumentos financieros. D.A. 56ª. Regularización de las compensaciones de derechos. D.A. 57ª. Autorización de la concesión de aportaciones dinerarias destinadas a la financiación del transporte público regular de viajeros en las islas Canarias. D.A. 58ª. Compensación económica por el servicio de justicia gratuita. D.A. 59ª. Dotación anual del Fondo de Desarrollo de Canarias. D.A. 60ª. Plazo de tramitación de procedimientos de reintegro y régimen jurídico de sanciones e infracciones, para subvenciones otorgadas con cargo a fondos Feaga (Fondo Europeo Agrícola de Garantía). D.A. 61ª. Recurso adicional de la Agencia Tributaria Canaria. D.A. 62ª. Procedimientos de resolución contractual en materia de contratación pública. D.A. 63ª. Generación de crédito por ingresos de sanciones de la Agencia Canaria de Protección del Medio Natural. D.A. 64ª. Afectación de crédito de la Agencia Tributaria Canaria. D.A. 65ª. Créditos destinados a atender obligaciones derivadas de la aplicación del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo. D.A. 66ª. Delegación legislativa en materia tributaria.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Indemnización por residencia. D.T. 2ª. Régimen aplicable en los supuestos de inexistencia o agotamiento de listas de empleo para la selección temporal de personal estatutario. D.T. 3ª. Listas de empleo de interinidades y sustituciones del personal docente no universitario.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/1994, de 29 de julio. D.F. 2. Modificación de la Ley 4/2021, de 2 de agosto, para la agilización administrativa y la planificación, gestión y control de los fondos procedentes del instrumento europeo de recuperación denominado «Next Generation EU», en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.F. 3ª. Modificación de la Ley 2/1987, de 30 de marzo, de la Función Pública Canaria. D.F. 4ª. Modificación de la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria. D.F. 5ª. Modificación de la Ley 5/1986, de 28 de julio, del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo. D.F. 6ª. Modificación de la Ley 4/2012, de 25 de junio, de medidas administrativas y fiscales. D.F. 7ª. Tributación excepcional y temporal en el Impuesto General Indirecto Canario de la importación y entrega de determinados bienes destinados a la actividad ganadera. D.F. 8ª. Modificación de la Ley 4/2014, de 26 de junio, por la que se modifica la regulación del arbitrio sobre importaciones y entregas de mercancías en las islas Canarias. D.F. 9ª. Modificación del Decreto ley 12/2021, de 30 de septiembre, por el que se adoptan medidas tributarias, organizativas y de gestión como consecuencia de la erupción volcánica en la isla de La Palma. D.F. 10ª. Modificación de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2020. D.F. 11ª. Retribución por el desempeño efectivo de funciones de coordinación para el bienestar y la protección del alumnado en centros educativos. D.F. 12ª. Modificación de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de cabildos insulares. D.F. 13ª. Modificación de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. D.F. 14ª. Modificación de la Ley 9/2014, de 6 de noviembre, de medidas tributarias, administrativas y sociales de Canarias. D.F. 15ª. Modificación de la Ley 11/1986, de 11 de diciembre, de creación y regulación del Instituto Canario de Hemodonación y Hemoterapia. D.F. 16ª. Modificación de la disposición adicional décima de la Ley 9/2006, de 11 de diciembre, Tributaria de la Comunidad Autónoma de Canarias. D.F. 17ª. Modificación del Texto Refundido de las disposiciones legales dictadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en materia de tributos cedidos, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de abril. ANEXO 1. Créditos ampliables ANEXO 2. Módulos económicos de distribución de fondos públicos para el sostenimiento de centros concertados ANEXO 3. ESTRUCTURA ECONÓMICA DE INGRESOS