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LEY 5/2021, de 14 de septiembre, del Tercer Sector Social en Castilla y León y de modificación de la Ley 8/2006, de 10 de octubre, del Voluntariado en Castilla y León. - Boletín Oficial de Castilla y León de 29-09-2021

Tiempo de lectura: 6 min

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Ambito: Castilla y León

Estado: VIGENTE. Validez desde 19 de Octubre de 2021

F. entrada en vigor: 19/10/2021

Órgano emisor: PRESIDENCIA

Boletín: Boletín Oficial de Castilla y León Número 189

F. Publicación: 29/09/2021

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
CAPÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad. Artículo 2. Definición y ámbito de aplicación. Artículo 3. Censo de organizaciones del Tercer Sector Social. Artículo 4. Principios rectores de organización y funcionamiento.
CAPÍTULO I. De la actividad del Tercer Sector Social
Artículo 5. Actividades de intervención social del Tercer Sector Social. Artículo 6. Criterios de actuación de las entidades del Tercer Sector. Artículo 7. Participación en el sistema de servicios sociales de responsabilidad pública. Artículo 8. Fórmulas de colaboración y cooperación. Artículo 9. Participación en la innovación.
CAPÍTULO II. La participación y la interlocución social del Tercer Sector Social
Artículo 10. Participación en políticas públicas. Artículo 11. Formas de participación. Artículo 12. Funciones del órgano específico de colaboración con el Tercer Sector Social. Artículo 13. Participación y representación en órganos colegiados.
CAPÍTULO III. De la promoción del Tercer Sector Social
Artículo 14. Plan estratégico de impulso y promoción de las entidades del Tercer Sector Social en Castilla y León. Artículo 15. Impulso del reconocimiento del Tercer Sector Social de Castilla y León. Artículo 16. Promoción por las Administraciones públicas de Castilla y León de la colaboración entre las empresas y el Tercer Sector Social. Artículo 17. Apoyo a la sostenibilidad de las organizaciones. Artículo 18. Seguimiento y evaluación de políticas públicas.
CAPÍTULO IV. Obligaciones del Tercer Sector Social
Artículo 19. Del personal de las entidades del Tercer Sector Social en Castilla y León. Artículo 20. Otras obligaciones específicas.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. Única. Plazo de adaptación para las entidades del Tercer Sector Social y de voluntariado.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Derogación normativa.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley del Voluntariado en Castilla y León. D.F. 2ª. Modificación de la Ley de Servicios Sociales de Castilla y León. D.F. 3ª. Modificación de la Ley de Juventud de Castilla y León. D.F. 4ª. Regulación de la organización y funcionamiento del Registro Regional de Entidades de Voluntariado de Castilla y León. D.F. 5ª. Adaptación de la composición de la Sección de Voluntariado. D.F. 6ª. Reutilización de la información pública. D.F. 7ª. Desarrollo reglamentario. D.F. 8ª. Entrada en vigor.