Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario. - Boletín Oficial del Estado de 16-03-2019
Índice
Texto
Ambito: BOE
Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2023
F. entrada en vigor: 16/06/2019
Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO
Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 65
F. Publicación: 16/03/2019
PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
Artículo 3. Carácter irrenunciable.
Artículo 4. Definiciones.
CAPÍTULO II. Normas de protección del prestatario
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales
Artículo 5. Principios de actuación en la actividad relacionada con la concesión de préstamos inmobiliarios.
Artículo 6. Información básica que deberá figurar en la publicidad de los préstamos inmobiliarios.
Artículo 7. Obligaciones de transparencia en relación con los contratos.
Artículo 8. Cálculo de la Tasa Anual Equivalente (TAE).
Artículo 9. Información general de los préstamos inmobiliarios.
Artículo 10. Información precontractual de los préstamos inmobiliarios.
Artículo 11. Obligación de evaluar la solvencia del potencial prestatario.
Artículo 12. Información relativa a la solvencia del potencial prestatario.
Artículo 13. Tasación de los bienes inmuebles.
Artículo 14. Normas de transparencia en la comercialización de préstamos inmobiliarios.
Artículo 15. Comprobación del cumplimiento del principio de transparencia material.
SECCIÓN 2.ª Normas de conducta
Artículo 16. Requisitos de conocimientos y competencia aplicables al personal.
Artículo 17. Práctica de ventas vinculadas y combinadas.
Artículo 18. Política de remuneración.
Artículo 19. Actividad de asesoramiento en préstamos inmobiliarios.
Artículo 20. Préstamos inmobiliarios en moneda extranjera.
Artículo 21. Variaciones en el tipo de interés.
SECCIÓN 3.ª Forma, ejecución y resolución
Artículo 22. Forma y contenido de los contratos.
Artículo 23. Reembolso anticipado.
Artículo 24. Vencimiento anticipado.
Artículo 25. Intereses de demora.
CAPÍTULO III. Régimen jurídico de los intermediarios de crédito inmobiliario, sus representantes designados y los prestamistas inmobiliarios
SECCIÓN 1.ª Principios generales
Artículo 26. Régimen jurídico.
SECCIÓN 2.ª Intermediarios de crédito inmobiliario
Artículo 27. Registro.
Artículo 28. Gestión del registro.
Artículo 29. Requisitos para la inscripción.
Artículo 30. Procedimiento de inscripción.
Artículo 31. Información y publicidad del registro.
Artículo 32. Revocación de la inscripción en el registro.
Artículo 33. Supervisión de los intermediarios de crédito inmobiliario.
Artículo 34. Supervisión de la actuación a través de sucursales y en régimen de libre prestación de servicios de los intermediarios de crédito inmobiliario.
Artículo 35. Requisitos de información de los intermediarios de crédito inmobiliario.
Artículo 36. Requisitos de garantía de los intermediarios de crédito inmobiliario.
Artículo 37. Actividad transfronteriza de los intermediarios de crédito inmobiliario.
SECCIÓN 3.ª Representantes designados de los intermediarios de crédito inmobiliario
Artículo 38. Responsabilidades de los intermediarios de crédito inmobiliario respecto de los representantes designados.
Artículo 39. Obligaciones de comunicación y registro de los representantes designados.
Artículo 40. Actividad transfronteriza de los representantes designados.
Artículo 41. Supervisión de representantes designados.
SECCIÓN 4.ª Prestamistas inmobiliarios
Artículo 42. Registro.
Artículo 43. Supervisión de los prestamistas inmobiliarios.
CAPÍTULO IV. Régimen sancionador de los intermediarios de crédito, sus representantes designados y los prestamistas inmobiliarios
Artículo 44. Carácter de normas de ordenación y disciplina.
Artículo 45. Obligaciones tuitivas y disuasorias de las administraciones públicas.
Artículo 46. Infracciones.
Artículo 47. Sanciones.
Artículo 48. Órganos competentes, procedimiento y prescripción.
Artículo 49. Registro central de sanciones en el ámbito del crédito inmobiliario.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Autoridad independiente para velar por la protección y transparencia en la contratación inmobiliaria.
D.A. 2ª. Cooperación con otras autoridades supervisoras competentes.
D.A. 3ª. Educación financiera.
D.A. 4ª. Conservación de documentación precontractual.
D.A. 5ª. Desarrollo autonómico.
D.A. 6ª. Supuestos de subrogación de deudor y novación modificativa del contrato de préstamo.
D.A. 7ª. Obligaciones del empresario con ocasión de la transmisión del inmueble hipotecado.
D.A. 8ª. Obligaciones de notarios y registradores con ocasión de la autorización e inscripción del préstamo hipotecario.
D.A. 9ª. Honorarios notariales y registrales en la subrogación o en la novación modificativa de préstamos hipotecarios por cambio de tipo de interés variable a fijo.
D.A. 10ª. Régimen de valoración de bienes inmuebles.
D.A. 11ª. Adhesión al «Código de Buenas Prácticas para la reestructuración viable de las deudas con garantía hipotecaria sobre la vivienda habitual».
D.A. 12ª. Información en materia de contratos de crédito al consumo.
D.A. 13ª.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Contratos preexistentes.
D.T. 2ª. Reconocimiento de intermediarios de crédito inmobiliario y prestamistas inmobiliarios preexistentes.
D.T. 3ª. Régimen especial en los procesos de ejecución en curso a la entrada en vigor de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.
D.T. 4ª. Ficha de Información Personalizada de la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios.
D.T. 5ª. Régimen transitorio para la resolución de quejas y reclamaciones.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. UNICA.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley Hipotecaria.
D.F. 2ª. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 2/1994, de 30 de marzo, sobre subrogación y modificación de préstamos hipotecarios, modificada por la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria.
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 7/1998, de 13 de abril, sobre Condiciones Generales de la Contratación.
D.F. 5ª. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
D.F. 6ª. Modificación de la Ley 14/2000, de 29 de diciembre, de Medidas fiscales, administrativas y del orden social.
D.F. 7ª. Modificación de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero.
D.F. 8ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
D.F. 9ª. Modificación de la Ley 2/2009, de 31 de marzo, por la que se regula la contratación con los consumidores de préstamos o créditos hipotecarios y de servicios de intermediación para la celebración de contratos de préstamo o crédito.
D.F. 10ª. Modificación del Real Decreto-Ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.
D.F. 11ª. Modificación de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito.
D.F. 12ª. Modificación de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
D.F. 13ª. Título competencial.
D.F. 14ª. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
D.F. 15ª. Desarrollo reglamentario.
D.F. 16ª. Entrada en vigor.
ANEXO I. Ficha Europea de Información Normalizada (FEIN)
ANEXO II. Cálculo de la Tasa Anual Equivalente (TAE)