LEY 441 Perecimiento del...de Navarra

LEY 441 Perecimiento del edificio 441 perecimiento del edificio perecimiento Compilación del Derecho Civil Foral de Navarra

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LEY 441

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Perecimiento del edificio

Si la edificación pereciere, no se extinguirán estos derechos, y sus titulares conservarán respecto al edificio construido el mismo derecho que anteriormente tenían.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-03-1973 en vigor desde 27-03-1973