Legislación

LEY 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. - Boletín Oficial del Estado de 27-11-1992

Tiempo de lectura: 33 min

Tiempo de lectura: 33 min

Ambito: BOE

Estado: DEROGADO. Desde 02 de Octubre de 2016 por Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comun de las Administraciones Publicas.

F. entrada en vigor: 27/02/1993

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 285

F. Publicación: 27/11/1992


EXPOSICION DE MOTIVOS
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15
Título preliminar. Del ámbito de aplicación y principios generales
Artículo 1. Objeto de la Ley. Artículo 2. Ámbito de aplicación. Artículo 3. Principios generales.
Título I. De las Administraciones Públicas y sus relaciones
Artículo 4. Principios de las relaciones entre las Administraciones Públicas. Artículo 5. Conferencias Sectoriales y otros órganos de cooperación. Artículo 6. Convenios de colaboración. Artículo 7. Planes y programas conjuntos. Artículo 8. Efectos de los convenios. Artículo 9. Relaciones con la Administración Local. Artículo 10. Comunicaciones a las Comunidades Europeas.
Título II. De los órganos de las Administraciones Públicas
Capítulo I. Principios generales y competencia
Artículo 11. Creación de órganos administrativos. Artículo 12. Competencia. Artículo 13. Delegación de competencias. Artículo 14. Avocación. Artículo 15. Encomienda de gestión. Artículo 16. Delegación de firma. Artículo 17. Suplencia. Artículo 18. Coordinación de competencias. Artículo 19. Comunicaciones entre órganos. Artículo 20. Decisiones sobre competencia. Artículo 21. Instrucciones y órdenes de servicio.
Capítulo II. Órganos colegiados
Artículo 22. Régimen. Artículo 23. Presidente. Artículo 24. Miembros. Artículo 25. Secretario. Artículo 26. Convocatorias y sesiones. Artículo 27. Actas.
Capítulo III. Abstención y recusación
Artículo 28. Abstención. Artículo 29. Recusación.
Título III. De los interesados
Artículo 30. Capacidad de obrar. Artículo 31. Concepto de interesado. Artículo 32. Representación. Artículo 33. Pluralidad de interesados. Artículo 34. Identificación de interesados.
Título IV. De la actividad de las Administraciones Públicas
Capítulo I. Normas generales
Artículo 35. Derechos de los ciudadanos. Artículo 36. Lengua de los procedimientos. Artículo 37. Derecho de acceso a la información pública. Artículo 38. Registros. Artículo 39. Colaboración de los ciudadanos. Artículo 39 bis. Principios de intervención de las Administraciones Públicas para el desarrollo de una actividad. Artículo 40. Comparecencia de los ciudadanos. Artículo 41. Responsabilidad de la tramitación. Artículo 42. Obligación de resolver. Artículo 43.  Silencio administrativo en procedimientos iniciados a solicitud de interesado. Artículo 44. Falta de resolución expresa en procedimientos iniciados de oficio. Artículo 45. Incorporación de medios técnicos. Artículo 46. Validez y eficacia de documentos y copias.
Capítulo II. Términos y plazos
Artículo 47. Obligatoriedad de términos y plazos. Artículo 48. Cómputo. Artículo 49. Ampliación. Artículo 50. Tramitación de urgencia.
Título V. De las disposiciones y los actos administrativos
Capítulo I. Disposiciones administrativas
Artículo 51. Jerarquía y competencia. Artículo 52. Publicidad e inderogabilidad singular.
Capítulo II. Requisitos de los actos administrativos
Artículo 53. Producción y contenido. Artículo 54. Motivación. Artículo 55. Forma.
Capítulo III. Eficacia de los actos
Artículo 56. Ejecutividad. Artículo 57. Efectos. Artículo 58. Notificación. Artículo 59. Práctica de la notificación. Artículo 60. Publicación. Artículo 61. Indicación de notificaciones y publicaciones.
Capítulo IV. Nulidad y anulabilidad
Artículo 62. Nulidad de pleno derecho. Artículo 63. Anulabilidad. Artículo 64. Transmisibilidad. Artículo 65. Conversión de actos viciados. Artículo 66. Conservación de actos y trámites. Artículo 67. Convalidación.
Título VI. De las disposiciones generales sobre los procedimientos administrativos
Capítulo I. Iniciación del procedimiento
Artículo 68. Clases de iniciación. Artículo 69. Iniciación de oficio. Artículo 70. Solicitudes de iniciación. Artículo 71. Subsanación y mejora de la solicitud. Artículo 71 bis. Declaración responsable y comunicación previa. Artículo 72. Medidas provisionales. Artículo 73. Acumulación.
Capítulo II. Ordenación del procedimiento
Artículo 74. Impulso. Artículo 75. Celeridad. Artículo 76. Cumplimiento de trámites. Artículo 77. Cuestiones incidentales.
Capítulo III. Instrucción del procedimiento
Sección 1. Disposiciones Generales
Artículo 78. Actos de instrucción. Artículo 79. Alegaciones.
Sección 2. Prueba
Artículo 80. Medios y período de prueba. Artículo 81. Práctica de prueba.
Sección 3. Informes
Artículo 82. Petición. Artículo 83. Evacuación.
Sección 4. Participación de los interesados
Artículo 84. Trámite de audiencia. Artículo 85. Actuación de los interesados. Artículo 86. Información pública.
Capítulo IV. Finalización del procedimiento
Sección 1. Disposiciones Generales
Artículo 87. Terminación. Artículo 88. Terminación convencional.
Sección 2. Resolución
Artículo 89. Contenido.
Sección 3. Desistimiento y renuncia
Artículo 90. Ejercicio. Artículo 91. Medios y efectos.
Sección 4. Caducidad
Artículo 92. Requisitos y efectos.
Capítulo V. Ejecución
Artículo 93. Título. Artículo 94. Ejecutoriedad. Artículo 95. Ejecución forzosa. Artículo 96. Medios de ejecución forzosa. Artículo 97. Apremio sobre el patrimonio. Artículo 98. Ejecución subsisidiaria. Artículo 99. Multa coercitiva. Artículo 100. Compulsión sobre las personas. Artículo 101. Prohibición de interdictos.
Título VII. De la revisión de los actos en vía administrativa
Capítulo I. Revisión de oficio
Artículo 102. Revisión de disposiciones y actos nulos. Artículo 103. Revisión de actos anulables. Artículo 104. Suspensión. Artículo 105. Revocación de actos y rectificación de errores. Artículo 106. Límites de la revisión.
Capítulo II. Recursos administrativos
Sección 1. Principios generales
Artículo 107. Objeto y clases. Artículo 108. Recurso extraordinario de revisión. Artículo 109. Fin de la vía administrativa. Artículo 110. Interposición del recurso. Artículo 111. Suspensión de la ejecución. Artículo 112. Audiencia de los interesados. Artículo 113. Resolución.
Sección 2. Recurso de alzada
Artículo 114. Objeto. Artículo 115. Plazos.
Sección 3ª. Recurso potestativo de reposición.
Artículo 116. Objeto y naturaleza Artículo 117. Plazos.
Sección 4. Recurso extraordinario de revisión.
Artículo 118. Objeto y plazos. Artículo 119. Resolución.
Título VIII. De las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 120. Naturaleza. Artículo 121. Efectos.
Capítulo II. Reclamación previa a la vía judicial civil
Artículo 122. Iniciación. Artículo 123. Instrucción. Artículo 124. Resolución.
Capítulo III. Reclamación previa a la vía judicial laboral
Artículo 125. Tramitación. Artículo 126. Reclamaciones del personal civil no funcionario de la Administración Militar.
Título IX. De la potestad sancionadora
Capítulo I. Principios de la potestad sancionadora
Artículo 127. Principio de legalidad. Artículo 128. Irretroactividad. Artículo 129. Principio de tipicidad. Artículo 130. Responsabilidad. Artículo 131. Principio de proporcionalidad. Artículo 132. Prescripción. Artículo 133. Concurrencia de sanciones.
Capítulo II. Principios del procedimiento sancionador
Artículo 134. Garantía de procedimiento. Artículo 135. Derechos del presunto responsable. Artículo 136. Medidas de carácter provisional. Artículo 137. Presunción de inocencia. Artículo 138. Resolución.
Título X De la responsabilidad de las Administraciones Públicas y de sus autoridades y demás personal a su servicio
Capítulo I. Responsabilidad patrimonial de la Administración Pública
Artículo 139. Principios de la responsabilidad. Artículo 140. Responsabilidad concurrente de las Administraciones Públicas. Artículo 141. Indemnización. Artículo 142. Procedimientos de responsabilidad patrimonial. Artículo 143. Procedimiento abreviado. Artículo 144. Responsabilidad de Derecho Privado.
Capítulo II. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas
Artículo 145. Exigencia de la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. Artículo 146. Responsabilidad penal.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Organos Colegiados de Gobierno. D.A. 2ª. Informatización de registros. D.A. 3ª. Adecuación de procedimientos. D.A. 4ª. Tasas del procedimiento. D.A. 5ª. Procedimientos administrativos en materia tributaria. D.A. 6ª. Actos de Seguridad Social y Desempleo. D.A. 7ª. Procedimiento administrativo sancionador por infracciones en el orden social y para la extensión de actas de liquidación de cuotas de la Seguridad Social. D.A. 8ª. Procedimientos disciplinarios. D.A. 8ª bis. Procedimiento sancionador en materia de tráfico y seguridad vial. D.A. 9ª. D.A. 10ª. D.A. 11ª. Procedimientos administrativos instados ante misiones diplomáticas y oficinas consulares. D.A. 12ª. Responsabilidad en materia de asistencia sanitaria. D.A. 13ª. Régimen de suscripción de convenios de colabora ción. D.A. 14ª. Relaciones con las Ciudades de Ceuta y Melilla. D.A. 15ª. D.A. 16ª. Administración de los Territorios Históricos del País Vasco. D.A. 17ª. D.A. 18ª. Presentación telemática de solicitudes y comunicaciones dirigidas a la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. D.A. 19ª. Procedimientos administrativos regulados en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre. D.A. 20ª. Régimen jurídico de los consorcios. D.A. 21ª. Notificación por medio de anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Corporaciones de Derecho Público. D.T. 2ª. Régimen Transitorio de los Procedimientos. D.T. 3ª Régimen transitorio de la notificación por medio de anuncios.
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D. DA. Única
DISPOSICIONES FINALES
D. F. Única . Desarrollo y entrada en vigor de la Ley.