Ley 3/2019, de 31 de enero, agraria de las Illes Balears - Boletín Oficial de las Islas Baleares de 09-02-2019
Índice
Texto
Ambito: Baleares
Estado: VIGENTE. Validez desde 29 de Mayo de 2024
F. entrada en vigor: 01/03/2019
Órgano emisor: PRESIDENCIA DE LAS ILLES BALEARS
Boletín: Boletín Oficial de las Islas Baleares Número 18
F. Publicación: 09/02/2019
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
TÍTULO PRELIMINAR. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Objeto
Artículo 2. Ámbito material
Artículo 3. Ámbito territorial
Artículo 4. Insularidad
Artículo 5. Definiciones
Artículo 6. Objetivos
TÍTULO I. EL EJERCICIO Y EL REGISTRO DE LA ACTIVIDAD AGRARIA Y LOS DERECHOS Y LAS OBLIGACIONES DE LOS TITULARES DE LAS EXPLOTACIONES AGRARIAS
CAPÍTULO I. El ejercicio de la actividad agraria
Artículo 7. Libertad de ejercicio y títulos habilitantes
Artículo 8. Derechos y deberes agrarios de los propietarios de suelo rústico
CAPÍTULO II. De la obligación de inscripción en el registro agrario y la declaración responsable
Artículo 9. Declaración responsable de inicio de la actividad agraria
Artículo 10. Efectos
Artículo 11. Exenciones
CAPÍTULO III. Los registros agrarios
Artículo 12. Los registros insulares agrarios
Artículo 13. Clasificación de las explotaciones que deben incluirse en los registros agrarios
Artículo 14. El Registro interinsular agrario
CAPÍTULO IV. Los derechos y las obligaciones de los titulares de explotaciones agrarias inscritas
Artículo 15. Derechos
Artículo 16. Obligaciones
TÍTULO II. LAS COMPETENCIAS
CAPÍTULO I. De las competencias en materia agraria
Artículo 17. Competencias reglamentarias
Artículo 18. Competencias ejecutivas
Artículo 19. Promoción de la actividad agraria en el ámbito local
Artículo 20. Actividad de fomento
Artículo 21. Relaciones entre la Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears y los consejos insulares
Artículo 22. Cooperación o colaboración interadministrativa
Artículo 23. Coordinación interadministrativa
Artículo 24. Conferencia Sectorial de Consejeros Competentes en Materia Agraria
CAPÍTULO II. Los órganos colegiados de consulta y asesoramiento
Artículo 25. Denominación
Artículo 26. Los consejos agrarios insulares
Artículo 27. El Consejo Agrario Interinsular
Artículo 28. Consejo Forestal Interinsular de las Illes Balears
Artículo 29. Los consejos agrarios locales
TÍTULO III. LA PRODUCCIÓN AGRARIA
CAPÍTULO I. Disposiciones comunes
Artículo 30. Régimen jurídico
Artículo 31. Principios de la producción agraria
Artículo 32. Planificación
Artículo 33. Control de la cadena agraria y agroalimentaria
CAPÍTULO II. El régimen hídrico de las explotaciones agrarias
Artículo 34. Carácter estratégico del sector agrario y vinculación de la planificación hidrológica
Artículo 35. Fomento de la reutilización de aguas regeneradas
CAPÍTULO III. Energías renovables en las explotaciones agrarias
Artículo 36. Energías renovables
CAPÍTULO IV. Disposiciones relativas a los productos, subproductos y envases de origen agrario y al estiércol
SECCIÓN 1.ª Disposiciones relativas a los productos derivados, envases y residuos generados en explotaciones agrarias y agroalimentarias
Artículo 37. El aprovechamiento circular de recursos y nutrientes
Artículo 38. Productos derivados de origen agrario
Artículo 39. Residuos de envases de productos fitosanitarios y otros envases de ámbito agrícola
Artículo 40. Otros residuos no peligrosos generados en explotaciones agrarias
Artículo 41. Gestión de los residuos con características de peligrosidad
SECCIÓN 2.ª Disposiciones relativas a los residuos de origen animal
Artículo 42. Gestión de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano
SECCIÓN 3.ª Disposiciones relativas al estiércol
Artículo 43. Producción, almacenamiento, gestión y uso
Artículo 44. Definiciones
Artículo 45. Producción
Artículo 46. Almacenamiento
Artículo 47. Recogida y transporte
Artículo 48. Gestión
Artículo 49. Utilización
Artículo 50. Plan de producción y gestión
Artículo 51. Libro de producción y gestión del estiércol
CAPÍTULO V. La producción agrícola
Artículo 52. Líneas de actuación
Artículo 53. Semillas y productos fitosanitarios
Artículo 54. Abonos y mantenimiento de la fertilidad del suelo
Artículo 55. Aplicación de lodos de depuración en los suelos con fines agrarios
Artículo 56. La sanidad vegetal
Artículo 57. Vigilancia y comunicación del estado fitosanitario de los cultivos
CAPÍTULO VI. La producción ganadera
SECCIÓN 1.ª Disposiciones generales
Artículo 58. Carácter estratégico de la ganadería
Artículo 59. Líneas de actuación
SECCIÓN 2.ª Disposiciones específicas sobre la producción ganadera
Artículo 60. Identificación animal
Artículo 61. Movimientos de animales
Artículo 62. Bienestar animal
Artículo 63. Alimentación animal
Artículo 64. Obligaciones en materia de sanidad animal
Artículo 65. Razas ganaderas autóctonas
Artículo 66. Medidas para hacer efectivo el carácter estratégico de la ganadería
CAPÍTULO VII. Gestión y aprovechamiento forestal
Artículo 67. Concepto de terreno forestal
Artículo 68. Titularidad de los aprovechamientos forestales
Artículo 69. Concepto y clases de aprovechamientos forestales
Artículo 70. Régimen jurídico de los aprovechamientos forestales
Artículo 71. Sociedades o agrupaciones de fomento forestal
Artículo 72. Planificación forestal
Artículo 73. Instrumentos de gestión forestal sostenible
Artículo 74. Requisitos para aprovechamientos forestales
Artículo 75. Aprovechamientos forestales de carácter tradicional
Artículo 76. Planificación de la defensa contra incendios forestales
Artículo 77. Medidas de seguridad y defensa de los montes en zonas de interfaz urbano-forestal, IUF
Artículo 78. Restauración de zonas forestales incendiadas o afectadas por otros desastres naturales
Artículo 79. Gestión del patrimonio forestal
Artículo 80. Plantaciones de cultivos agrícolas de especies leñosas
Artículo 81. Recuperaciones de cultivos
Artículo 82. Biomasa de origen agrario
Artículo 83. Usos admitidos de la biomasa
Artículo 84. Los gestores, la recogida, el tratamiento, el almacenamiento y la transferencia de la biomasa
Artículo 85. Silvipasticultura
Artículo 86. Reservas y vedados de recursos silvestres
Artículo 87. Procedimiento
Artículo 88. Efectos
Artículo 89. Señalización
Artículo 90. Vedados en fincas públicas
Artículo 91. Régimen de gestión de los recursos silvestres
Artículo 92. Desarrollo reglamentario
TÍTULO IV. LA ACTIVIDAD COMPLEMENTARIA
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 93. Actividades complementarias
CAPÍTULO II. Actividades complementarias relacionadas con la conservación del espacio natural, la protección del medio ambiente, la formación en técnicas y materias propias agrarias y la elaboración de estudios e investigaciones de los ámbitos agrario y rural
Artículo 94. Concepto
CAPÍTULO III. Actividades complementarias agroturísticas y de agricultura de ocio
Artículo 95. Concepto
Artículo 96. Actividades agroturísticas y de agricultura de ocio en explotaciones agrarias preferentes
Artículo 97. Agroturismos y agroestancias en explotaciones agrarias preferentes
Artículo 98. Agroocio en explotaciones agrarias preferentes
Artículo 99. Agrocultura en explotaciones agrarias preferentes
CAPÍTULO IV. Actividades complementarias relacionadas con équidos
Artículo 100. Actividades complementarias relacionadas con équidos
TÍTULO V. LOS USOS AGRARIOS
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 101. Concepto
Artículo 102. Vinculación del planeamiento económico, territorial, ambiental y de cualquier otro tipo
Artículo 103. Las zonas de alto valor agrario
Artículo 104. Delimitación de las zonas de alto valor agrario
Artículo 105. Régimen jurídico urbanístico y de usos en las zonas de alto valor agrario
Artículo 106. Directrices y criterios sobre la regulación de las actividades agrarias y complementarias
CAPÍTULO II. Agrupación y división de fincas rústicas
Artículo 107. División de fincas rústicas
Artículo 108. Unidad mínima de cultivo y forestal
Artículo 109. Concentraciones de fincas rústicas
CAPÍTULO III. Edificaciones, construcciones e instalaciones
Artículo 110. Régimen de las edificaciones, las construcciones y las instalaciones vinculadas a las actividades agraria y complementaria
Artículo 111. Parámetros y condiciones de las edificaciones, las construcciones y las instalaciones
Artículo 112. Informe de la administración pública competente en materia agraria
Artículo 113. Condiciones específicas en determinadas categorías de suelo
Artículo 114. Exoneración de condiciones urbanísticas
Artículo 115. Actividades de venta directa
Artículo 116. Reubicación de explotaciones agrarias
Artículo 117. Régimen de infraestructuras y dotaciones de servicio relacionadas con las explotaciones agrarias en suelo rústico
Artículo 118. Régimen de infraestructuras y dotaciones en suelo rústico, y los usos atípicos
Artículo 119. Cerramientos de las explotaciones agrarias
TÍTULO VI. RECONOCIMIENTO DE LOS VALORES AGRARIOS Y LOS SERVICIOS AMBIENTALES
Artículo 120. Custodia del territorio y agrocompromisos
Artículo 121. Contratos territoriales
Artículo 122. Bancos de tierras
Artículo 123. Parques agrarios
Artículo 124. Compensación por las presiones ejercidas sobre suelo rústico
TÍTULO VII. LA TRANSFORMACIÓN Y LA COMERCIALIZACIÓN
CAPÍTULO I. Principios generales
Artículo 125. Objetivos
Artículo 126. Participación del sector productivo en la transformación, la comercialización y las actuaciones de fomento
Artículo 127. Identificación de los productos agrarios y agroalimentarios
Artículo 128. Seguridad de los productos agrarios y agroalimentarios
Artículo 129. Trazabilidad de los productos agrarios y agroalimentarios
Artículo 130. Calidad de los productos agrarios y agroalimentarios
CAPÍTULO II. La calidad diferenciada
Artículo 131. Gestión de la calidad
Artículo 132. Denominaciones de calidad diferenciada
Artículo 133. Carácter estratégico de la producción agraria ecológica
Artículo 134. Los consejos reguladores y otros organismos de gestión y control de denominaciones de calidad
Artículo 135. Los alimentos tradicionales de las Illes Balears
CAPÍTULO III. La transformación de productos agrarios y agroalimentarios
Artículo 136. Concepto y desarrollo de la industria de transformación agraria
Artículo 137. Derechos y obligaciones
Artículo 138. Carácter de actividad complementaria de la agroindustria
Artículo 139. Proyectos de cooperación
CAPÍTULO IV. La promoción y la comercialización de los productos agrarios y agroalimentarios de las Illes Balears
Artículo 140. Actuaciones de información y promoción
Artículo 141. Fomento, iniciativas y proyectos empresariales o sectoriales
Artículo 142. Mercados y ferias locales tradicionales
Artículo 143. La venta de proximidad
CAPÍTULO V. El suministro a las instituciones públicas de las Illes Balears de productos agrarios y agroalimentarios
Artículo 144. Contratación pública de productos agrarios y agroalimentarios
CAPÍTULO VI. La venta directa
Artículo 145. Concepto y derecho
Artículo 146. Fines de la venta directa
Artículo 147. Productos objeto de venta directa
Artículo 148. Requisitos para la venta directa
Artículo 149. Identificación, seguridad y trazabilidad
Artículo 150. Identificación
TÍTULO VIII. LA MEJORA DEL CONOCIMIENTO AGRARIO
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 151. Principio de prioridad estratégica y contenido
Artículo 152. Principio de participación de las administraciones públicas competentes en materia agraria en las políticas generales de formación, investigación, desarrollo, innovación y estadística
Artículo 153. Objetivos
Artículo 154. Estrategia Balear de Mejora del Conocimiento Agrario
CAPÍTULO II. La formación agraria
Artículo 155. Principios generales
CAPÍTULO III. Investigación, desarrollo e innovación agraria y agroalimentaria
Artículo 156. Principios generales
Artículo 157. Sociedad de la información
CAPÍTULO IV. La estadística agraria
Artículo 158. Competencias
TÍTULO IX. LA FUNCIÓN SOCIAL Y PREVENTIVA
CAPÍTULO I. Los jóvenes y las mujeres
Artículo 159. Principio de discriminación positiva
Artículo 160. La perspectiva de igualdad de género
Artículo 161. Medidas de apoyo
Artículo 162. Titularidad compartida
CAPÍTULO II. Las personas con discapacidad
Artículo 163. Integración en el sector agrario de las personas con discapacidad
CAPÍTULO III. Los seguros agrarios, las zonas catastróficas y la prevención de riesgos laborales
Artículo 164. Seguros agrarios
Artículo 165. Zonas catastróficas
Artículo 166. Beneficiarios
Artículo 167. Prevención de riesgos laborales
TÍTULO X. EL ASOCIACIONISMO AGRARIO
Artículo 168. Promoción del asociacionismo agrario
Artículo 169. Organizaciones profesionales agrarias y estructuras representativas de las sociedades cooperativas
Artículo 170. Cooperativismo agrario y sociedades agrarias de transformación
Artículo 171. Integración cooperativa agraria
TÍTULO XI. EL RÉGIMEN DE INSPECCIÓN Y DE INFRACCIONES Y SANCIONES EN MATERIA AGRARIA Y AGROALIMENTARIA
CAPÍTULO I. Disposiciones generales
Artículo 172. Régimen jurídico
Artículo 173. Potestad sancionadora
Artículo 174. Vinculación con el orden jurisdiccional penal. Concurrencia de sanciones
CAPÍTULO II. La inspección
Artículo 175. Inspección
Artículo 176. Facultades de la inspección
Artículo 177. Obligaciones de los inspeccionados
Artículo 178. Medidas cautelares
Artículo 179. Personas responsables
CAPÍTULO III. El restablecimiento del orden jurídico perturbado y la reposición de la realidad física alterada
Artículo 180. El restablecimiento del orden jurídico perturbado y la reposición de la realidad física alterada
Artículo 181. Las multas coercitivas
CAPÍTULO IV. Infracciones
SECCIÓN 1.ª Concepto y clases
Artículo 182. Concepto
Artículo 183. Clases y calificación
SECCIÓN 2.ª Infracciones en materia de ejercicio de la actividad agraria, su registro y los derechos y las obligaciones de los titulares de las explotaciones agrarias
Artículo 184. Infracciones administrativas en materia de inicio y ejercicio de la actividad y de registro agrario
SECCIÓN 3.ª Infracciones en materia de producción agraria
Artículo 185. Infracciones en materia de estiércol
Artículo 186. Infracciones en materia de recursos silvestres
Artículo 187. Infracciones en materia de gestión de biomasa vegetal
SECCIÓN 4.ª Infracciones relativas a la actividad complementaria
Artículo 188. Infracciones administrativas en materia de actividad complementaria
SECCIÓN 5.ª Infracciones relativas a los usos agrarios
Artículo 189. Infracciones administrativas en materia de usos agrarios
SECCIÓN 6.ª Infracciones relativas a la venta directa
Artículo 190. Infracciones en materia de venta directa
Artículo 191. Calificación de las infracciones en materia de venta directa
SECCIÓN 7.ª Infracciones en materia de inspección
Artículo 192. Infracciones por obstrucción a la inspección
CAPÍTULO V. Sanciones
Artículo 193. Clases de sanciones
Artículo 194. Sanciones
Artículo 195. Criterios de graduación y régimen de sanciones
CAPÍTULO VI. La prescripción y la caducidad de infracciones y sanciones
Artículo 196. Prescripción y caducidad
CAPÍTULO VII. El procedimiento
Artículo 197. Actuaciones previas
Artículo 198. Procedimiento sancionador
Artículo 199. Órganos competentes
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Restricción de la siembra de organismos genéticamente modificados en las Illes Balears
D.A. 2ª. Destino del patrimonio de la Cámara Agraria Interinsular y de las cámaras agrarias locales de las Illes Balears
D.A. 3ª. Procedimiento extraordinario de incorporación a la ordenación de edificaciones, construcciones e instalaciones agrarias construidas con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 1/1991, de 30 de enero, de régimen urbanístico de las áreas de especial protección de las Illes Balears
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Régimen transitorio de las agroestancias
D.T. 2ª. Zonas de alto valor agrario
D.T. 3ª. Instrumento de gestión forestal sostenible para los montes públicos
D.T. 4ª. Atribuciones y funciones en materia agraria en Mallorca
DISPOSICIONES DEROGATORIAS
D.DT. Única. Normas que se derogan
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación de la Ley 6/1999, de 3 de abril, de las Directrices de Ordenación Territorial de las Illes Balears y de Medidas Tributarias
D.F. 2ª. Modificación de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears
D.F. 3ª. Modificación de la Ley 1/1999, de 17 de marzo, del Estatuto de los productores e industriales agroalimentarios de las Illes Balears
D.F. 4ª. Desarrollo reglamentario
D.F. 5ª. Desarrollo del régimen jurídico de las autorizaciones que prevé el Real Decreto 640/2006, de 26 de mayo, por el que se regulan determinadas condiciones de aplicación de las disposiciones comunitarias en materia de higiene, de la producción y comercialización de los productos alimentarios
D.F. 6ª. Entrada en vigor
ANEXO. El estiércol