Legislación

LEY 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo. - Diario Oficial de Cataluña de 29-12-2023

Tiempo de lectura: 9 min

Tiempo de lectura: 9 min

Ambito: Cataluña

Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Enero de 2024

F. entrada en vigor: 18/01/2024

Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA

Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 9069

F. Publicación: 29/12/2023

Documento oficial en PDF: Enlace

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

PREÁMBULO
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad Artículo 2. Ámbito de aplicación Artículo 3. Definiciones Artículo 4. Principios del fomento del asociacionismo Artículo 5. Requisitos generales de las entidades destinatarias
Capítulo II. Fomento de las asociaciones
Sección primera. Planes de acción
Artículo 6. Planes de acción para el fomento de las asociaciones Artículo 7. Apoyo a los planes de acción para el fomento de las asociaciones
Sección segunda. Medidas de reconocimiento de las asociaciones
Artículo 8. Reconocimiento institucional Artículo 9. Reconocimiento de las competencias y los aprendizajes Artículo 10. Reconocimiento para mejorar la empleabilidad
Sección tercera. Medidas de impulso de la participación
Artículo 11. Principios generales Artículo 12. Espacios de participación Artículo 13. Participación en los procesos normativos
Sección cuarta. Medidas de apoyo
Artículo 14. Principios generales y tipología de las medidas de apoyo Artículo 15. Asesoramiento y apoyo técnico Artículo 16. Simplificación administrativa Artículo 17. Apoyo económico y financiación pública Artículo 18. Fomento del trabajo en red Artículo 19. Facilitación del uso y la gestión de espacios y locales Artículo 20. Acciones formativas y de apoyo a la formación Artículo 21. Fomento del empleo de calidad Artículo 22. Garantía del derecho al tiempo y el derecho al cuidado Artículo 23. Preservación del patrimonio documental de las asociaciones
Sección quinta. Promoción del asociacionismo y sensibilización
Artículo 24. Medidas de promoción del asociacionismo y sensibilización Artículo 25. Promoción y sensibilización en los centros educativos Artículo 26. Promoción y sensibilización en la universidad
Capítulo III. Fundaciones
Artículo 27. Fomento de las fundaciones con fines de fortalecimiento comunitario Artículo 28. Requisitos específicos de las fundaciones para ser destinatarias de las medidas de fomento Artículo 29. Medidas de las que pueden ser destinatarias las fundaciones
Capítulo IV. Plataformas ciudadanas y grupos sociales
Artículo 30. Fomento de las plataformas ciudadanas y los grupos sociales con fines de fortalecimiento comunitario Artículo 31. Requisitos específicos de las plataformas ciudadanas y los grupos sociales Artículo 32. Medidas de las que pueden ser destinatarios las plataformas ciudadanas y los grupos sociales
Capítulo V. Medidas generales de mejora de la relación con la Administración y la coordinación administrativa
Artículo 33. Coordinación de las administraciones públicas Artículo 34. Interconexión registral y censal Artículo 35. Agencia Catalana de Fomento del Asociacionismo
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Informe para la revisión normativa D.A. 2ª. Puesta en marcha de la ventanilla única D.A. 3ª. Calendario de las convocatorias públicas de ayudas y subvenciones D.A. 4ª. Mesa de coordinación interadministrativa D.A. 5ª. Reconocimiento de la práctica asociativa en el empleo público D.A. 6ª. Criterios de los modelos de las bases reguladoras D.A. 7ª. Proyecto de ley de subvenciones D.A. 8ª. Interconexión e interoperabilidad registrales
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario D.F. 2ª. Presupuesto D.F. 3ª. Medidas fiscales y medidas de estímulo del mecenazgo D.F. 4ª. Modificación de la Ley 25/2015 D.F. 5ª. Entrada en vigor