LEY 11/2023, de 27 de diciembre, de fomento del asociacionismo. - Diario Oficial de Cataluña de 29-12-2023
Índice
Texto
Ambito: Cataluña
Estado: VIGENTE. Validez desde 18 de Enero de 2024
F. entrada en vigor: 18/01/2024
Órgano emisor: DEPARTAMENTO DE LA PRESIDENCIA
Boletín: Diario Oficial de Cataluña Número 9069
F. Publicación: 29/12/2023
Documento oficial en PDF: Enlace
PREÁMBULO
Capítulo I. Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y finalidad
Artículo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3. Definiciones
Artículo 4. Principios del fomento del asociacionismo
Artículo 5. Requisitos generales de las entidades destinatarias
Capítulo II. Fomento de las asociaciones
Sección primera. Planes de acción
Artículo 6. Planes de acción para el fomento de las asociaciones
Artículo 7. Apoyo a los planes de acción para el fomento de las asociaciones
Sección segunda. Medidas de reconocimiento de las asociaciones
Artículo 8. Reconocimiento institucional
Artículo 9. Reconocimiento de las competencias y los aprendizajes
Artículo 10. Reconocimiento para mejorar la empleabilidad
Sección tercera. Medidas de impulso de la participación
Artículo 11. Principios generales
Artículo 12. Espacios de participación
Artículo 13. Participación en los procesos normativos
Sección cuarta. Medidas de apoyo
Artículo 14. Principios generales y tipología de las medidas de apoyo
Artículo 15. Asesoramiento y apoyo técnico
Artículo 16. Simplificación administrativa
Artículo 17. Apoyo económico y financiación pública
Artículo 18. Fomento del trabajo en red
Artículo 19. Facilitación del uso y la gestión de espacios y locales
Artículo 20. Acciones formativas y de apoyo a la formación
Artículo 21. Fomento del empleo de calidad
Artículo 22. Garantía del derecho al tiempo y el derecho al cuidado
Artículo 23. Preservación del patrimonio documental de las asociaciones
Sección quinta. Promoción del asociacionismo y sensibilización
Artículo 24. Medidas de promoción del asociacionismo y sensibilización
Artículo 25. Promoción y sensibilización en los centros educativos
Artículo 26. Promoción y sensibilización en la universidad
Capítulo III. Fundaciones
Artículo 27. Fomento de las fundaciones con fines de fortalecimiento comunitario
Artículo 28. Requisitos específicos de las fundaciones para ser destinatarias de las medidas de fomento
Artículo 29. Medidas de las que pueden ser destinatarias las fundaciones
Capítulo IV. Plataformas ciudadanas y grupos sociales
Artículo 30. Fomento de las plataformas ciudadanas y los grupos sociales con fines de fortalecimiento comunitario
Artículo 31. Requisitos específicos de las plataformas ciudadanas y los grupos sociales
Artículo 32. Medidas de las que pueden ser destinatarios las plataformas ciudadanas y los grupos sociales
Capítulo V. Medidas generales de mejora de la relación con la Administración y la coordinación administrativa
Artículo 33. Coordinación de las administraciones públicas
Artículo 34. Interconexión registral y censal
Artículo 35. Agencia Catalana de Fomento del Asociacionismo
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Informe para la revisión normativa
D.A. 2ª. Puesta en marcha de la ventanilla única
D.A. 3ª. Calendario de las convocatorias públicas de ayudas y subvenciones
D.A. 4ª. Mesa de coordinación interadministrativa
D.A. 5ª. Reconocimiento de la práctica asociativa en el empleo público
D.A. 6ª. Criterios de los modelos de las bases reguladoras
D.A. 7ª. Proyecto de ley de subvenciones
D.A. 8ª. Interconexión e interoperabilidad registrales
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Desarrollo reglamentario
D.F. 2ª. Presupuesto
D.F. 3ª. Medidas fiscales y medidas de estímulo del mecenazgo
D.F. 4ª. Modificación de la Ley 25/2015
D.F. 5ª. Entrada en vigor