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LEY 11/2010, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Aragón para el ejercicio 2011. - Boletín Oficial de Aragón de 31-12-2010

Tiempo de lectura: 15 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 01 de Enero de 2011

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 255

F. Publicación: 31/12/2010

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo ÍNDICE PREÁMBULO
TÍTULO PRIMERO DE LA APROBACIÓN Y CONTENIDO DE LOS PRESUPUESTOS
Artículo 1.-Aprobación y contenido. Artículo 2. -Beneficios fiscales. Artículo 3.-Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
TÍTULO SEGUNDO DE LOS CRÉDITOS Y SUS MODIFICACIONES
Artículo 4.-Vinculación de los créditos. Artículo 5. -Imputación de gastos. Artículo 6. -Créditos ampliables. Artículo 7. -Transferencias de crédito. Artículo 8.-Incorporación de remanentes de crédito. Artículo 9.-Habilitación de aplicaciones presupuestarias. Artículo 10. -Garantía presupuestaria de los recursos afectados. Artículo 11.-Ajustes en los estados de gastos e ingresos del presupuesto. Artículo 12.-Normas generales relativas a los expedientes de modificación de créditos.
TÍTULO TERCERO DE LA GESTIÓN DEL PRESUPUESTO
Artículo 13.-Reglas sobre los proyectos normativos y acuerdos que contengan compromisos financieros. Artículo 14.-Gestión de los créditos finalistas y cofinanciados. Artículo 15.-Autorización para adquirir compromisos de ejercicios futuros. Artículo 16.-Transferencias a organismos públicos.
TÍTULO CUARTO DE LOS CRÉDITOS DE PERSONAL
CAPÍTULO I REGÍMENES RETRIBUTIVOS
Artículo 17.-Normas básicas en materia de gastos de personal. Artículo 18. -Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los directores generales y asimilados, del personal eventual y de otro personal directivo. Artículo 19. -Conceptos retributivos, devengo y cuantías aplicables a los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los términos de la disposición final cua... Artículo 20. -Personal docente no universitario. Artículo 21.-Complemento de productividad y gratificaciones. Artículo 22.-Complemento personal transitorio. Artículo 23.-Retribuciones del personal laboral. Artículo 24.-Retribuciones de los funcionarios interinos. Artículo 25.-Retribuciones del personal estatutario. Artículo 26. -Retribuciones complementarias del personal al servicio de la Administración de Justicia. Artículo 27.-Retribuciones del personal de las empresas de la Comunidad Autónoma integradas en la Corporación Empresarial Pública de Aragón.
CAPÍTULO II OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE RÉGIMEN DE PERSONAL ACTIVO
Artículo 28. -Anticipos de retribuciones. Artículo 29.-Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 30.-Provisión de puestos reservados a representantes sindicales. Artículo 31.-Normas generales sobre ordenación y provisión de puestos de trabajo.
TÍTULO QUINTO DE LAS TRANSFERENCIAS A ENTIDADES LOCALES Y DE LAS ACTUACIONES DE POLÍTICA TERRITORIAL
Artículo 32.-Normas de gestión del Fondo Local de Aragón. Artículo 33.-Programas de Apoyo a la Administración Local y de Política Territorial.
TÍTULO SEXTO DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
Artículo 34.-Alcance y contenido de las operaciones de endeudamiento. Artículo 35.-Operaciones financieras de organismos públicos, empresas y demás entes pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma. Artículo 36. -Otorgamiento de avales públicos. Artículo 37.-Autorización para la formalización de contratos de reafianzamiento y aval con las sociedades de garantía recíproca. Artículo 38. -Incentivos regionales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.-Gestión del presupuesto de las Cortes de Aragón. D.A. 2ª.-Normas a las que ha de ajustarse la concesión de subvenciones. D.A. 3ª.-Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para la concesión de subvenciones. D.A. 4ª.-Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para contratar con las Administraciones públicas. D.A. 5ª.-Subsidiación de intereses. D.A. 6ª.-Información sobre gestión presupuestaria a la Comisión de Economía y Presupuestos de las Cortes de Aragón. D.A. 7ª.-Información fiscal a la Comisión de Economía y Presupuestos de las Cortes de Aragón. D.A. 8ª.-Fondo de Acción Social en favor del personal. D.A. 9ª.-Gestión de los créditos de la Sección 30. D.A. 10ª.-Anticipos de subvenciones en materia de servicios sociales y sanitarios. D.A. 11ª.-Ingreso Aragonés de Inserción. D.A. 12ª.-Ayuda a los países más desfavorecidos. D.A. 13ª.-Rendición y contenido de cuentas. D.A. 14ª.-Compensación por iniciativas legislativas populares. D.A. 15ª.-Transferencias corrientes a las corporaciones locales para la gestión de los servicios sociales. D.A. 16ª.-Ayudas para la prestación de servicios ferroviarios regionales acogidos al Convenio Gobierno de Aragón-Renfe. D.A. 17ª.-Política demográfica. D.A. 18ª.-Gestión de la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales». D.A. 19ª.-Programas finalistas de servicios sociales. D.A. 20ª.-Tarifa del canon de saneamiento. D.A. 21ª.-Acuerdo Gobierno de la Nación-Sindicatos, suscrito el 25 de septiembre de 2009. D.A. 22ª.-Retribuciones del personal sanitario en formación por el sistema de residencia. D.A. 23ª.-Retribuciones del personal sanitario al que se aplica el sistema de cupo y zona. D.A. 24ª.-Unidad de la Policía Nacional adscrita a la Comunidad Autónoma de Aragón. D.A. 25ª.-Personal no directivo al servicio de las Empresas Públicas de la Comunidad Autónoma. D.A. 26ª.-Enseñanza concertada. D.A. 27ª.-Justificación de costes indirectos por parte de la Universidad de Zaragoza. D.A.28ª.-Condonación de las obligaciones económicas derivadas de la ejecución de los decretos 94/1991, de 20 de mayo, y 207/1992, de 17 de noviembre, de la Diputación General de Aragón, sobre transferencias de funciones y servicios de las provincias de... D.A. 29ª.-Exención de fiscalización. D.A. 30ª.-Adaptación de los programas de gratuidad en la compra de libros de texto y material escolar complementario.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.-Indemnizaciones por razón de servicio. D.T. 2ª.-Dotación presupuestaria del Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores. D.T. 3ª.-Subvenciones a cámaras agrarias de Aragón.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. Entrada en vigor.