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LEY 10/2008, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autonoma de Aragon para el ejercicio 2009. - Boletín Oficial de Aragón de 31-12-2008

Tiempo de lectura: 13 min

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Ambito: Aragón

Estado: VIGENTE. Validez desde 31 de Diciembre de 2008

Órgano emisor: PRESIDENCIA DEL GOBIERNO DE ARAGON

Boletín: Boletín Oficial de Aragón Número 222

F. Publicación: 31/12/2008

Esta norma NO ha sido modificada legislativamente

Preambulo PREÁMBULO
TÍTULO PRIMERO. De la aprobación y contenido de los presupuestos
Artículo 1.-Aprobación y contenido. Artículo 2. -Beneficios fiscales. Artículo 3.-Actualización de las tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
TÍTULO SEGUNDO. De los créditos y sus modificaciones
Artículo 4.-Vinculación de los créditos. Artículo 5. -Imputación de gastos. Artículo 6. -Créditos ampliables. Artículo 7. -Transferencias de crédito. Artículo 8.-Incorporación de remanentes de crédito. Artículo 9.-Habilitación de aplicaciones presupuestarias. Artículo 10. -Garantía presupuestaria de los recursos afectados. Artículo 11.-Ajustes en los estados de gastos e ingresos del presupuesto. Artículo 12.-Normas generales relativas a los expedientes de modificación de créditos.
TÍTULO TERCERO. De la gestión del presupuesto
Artículo 13.-Reglas sobre los proyectos normativos y acuerdos que contengan compromisos financieros. Artículo 14.-Gestión de los créditos finalistas y cofinanciados. Artículo 15.-Gastos de carácter plurianual.
TÍTULO CUARTO. De los créditos de personal
CAPÍTULO I. Regímenes retributivos
Artículo 16.-Normas básicas en materia de gastos de personal. Artículo 17.-Adecuación de acuerdos, convenios o pactos con efectos retroactivos. Artículo 18.-Retribuciones de los miembros del Gobierno, de los directores generales y asimilados y del personal eventual de confianza y asesoramiento y otro personal directivo. Artículo 19. -Conceptos retributivos, devengo y cuantías aplicables a los funcionarios incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en los términos de la Disposiciónfinal cuar... Artículo 20. -Retribuciones del personal funcionario. Artículo 21. -Complemento de productividad y gratificaciones. Artículo 22.-Complemento personal transitorio. Artículo 23.-Retribuciones del personal laboral. Artículo 24.-Retribuciones del personal interino. Artículo 25.-Retribuciones complementarias del personal estatutario. Artículo 26. -Retribuciones complementarias del personal al servicio de la Administración de Justicia.
CAPÍTULO II. Otras disposiciones en materia de régimen de personal activo
Artículo 27.-Anticipos de retribuciones. Artículo 28.-Prohibición de ingresos atípicos. Artículo 29.-Provisión de puestos reservados a representantes sindicales. Artículo 30.-Normas generales sobre ordenación y provisión de puestos de trabajo.
TÍTULO QUINTO. De la promoción y desarrollo económico
Artículo 31.-Normas de gestión de las operaciones de capital del Programa 612.2, «Promoción y Desarrollo Económico».
TÍTULO SEXTO. De las transferencias a entidades locales y de las actuaciones de política territorial
Artículo 32. -Normas de gestión del Fondo Local de Aragón. Artículo 33.-Programas de Apoyo a la Administración Local y de Política Territorial.
TÍTULO SÉPTIMO. De las operaciones financieras
Artículo 34.-Alcance y contenido de las operaciones de endeudamiento. Artículo 35.-Operaciones financieras de organismos públicos, empresas y demás entes pertenecientes al sector público de la Comunidad Autónoma. Artículo 36. -Otorgamiento de avales públicos. Artículo 37.-Incentivos Regionales.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª.-Gestión del presupuesto de las Cortes de Aragón. D.A. 2ª.-Normas a las que ha de ajustarse la concesión de subvenciones. D.A. 3ª.-Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para la concesión de subvenciones. D.A. 4ª.-Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social para contratar con las Administraciones Públicas. D.A. 5ª.-Subsidiación de intereses. D.A. 6ª.-Información sobre gestión presupuestaria a la Comisión de Economía y Presupuestos de las Cortes de Aragón. D.A. 7ª.-Fondo de Acción Social en favor del personal. D.A. 8ª.-Gestión de los créditos de la Sección 30. D.A. 9ª.-Anticipos de subvenciones en materia de Servicios Sociales y Sanitarios. D.A. 10ª.-Trámite de las modificaciones en materia de personal. D.A. 11ª.-Ingreso Aragonés de Inserción. D.A. 12ª.-.-Ayuda a los países más desfavorecidos. D.A. 13ª.-Rendición y contenido de cuentas. D.A. 14ª.-Compensación por iniciativas legislativas populares. D.A. 15ª.-Transferencias corrientes a las Corporaciones Locales para la gestión de los Servicios Sociales de Base. D.A. 16ª.-Ayudas para la prestación de servicios ferroviarios regionales acogidos al Convenio Diputación General de Aragón-Renfe. D.A. 17ª.-Política demográfica. D.A. 18ª.-Gestión de la Sección 26, «A las Administraciones Comarcales». D.A. 19ª.-Programas finalistas de servicios sociales. D.A. 20ª.-Tarifa del Canon de Saneamiento.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª.-Indemnizaciones por razón de servicio. D.T. 2ª.-Dotación presupuestaria del «Instituto Aragonés de Enseñanzas Artísticas Superiores». D.T. 3ª.-Subvenciones a Cámaras Agrarias de Aragón. D.T. 4ª.-Gestión de los créditos del Programa «Servicios de Administración de Justicia».
DISPOSICIONES FINALES
D.F. UNICA. ANEXOS