Legislación

Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. - Boletín Oficial del Estado de 15-05-2013

Tiempo de lectura: 6 min

Tiempo de lectura: 6 min

Ambito: BOE

Estado: VIGENTE. Validez desde 15 de Mayo de 2024

F. entrada en vigor: 15/05/2013

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 116

F. Publicación: 15/05/2013


PREÁMBULO
CAPÍTULO I. Suspensión de los lanzamientos
Artículo 1. Suspensión de los lanzamientos sobre viviendas habituales de colectivos especialmente vulnerables. Artículo 2. Acreditación.
CAPÍTULO II. Medidas de mejora del mercado hipotecario
Artículo 3. Modificación de la Ley Hipotecaria, Texto Refundido según Decreto de 8 de febrero de 1946. Artículo 4. Modificación de la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario. Artículo 5. Modificación de la Ley 41/2007, de 7 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981, de 25 de marzo, de regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero, de regulación de las hipotecas inversas y el seguro de dependencia y por la que se establece determinada norma tributaria. Artículo 6. Fortalecimiento de la protección del deudor hipotecario en la comercialización de los préstamos hipotecarios.
CAPÍTULO III. Mejoras en el procedimiento de ejecución
Artículo 7. Modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.
CAPÍTULO IV. Modificación del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos
Artículo 8. Modificación del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo, de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos.
DISPOSICIONES ADICIONALES
D.A. 1ª. Fondo social de viviendas. D.A. 2ª. Informe del Banco de España sobre la independencia de las sociedades de tasación. D.A. 3ª. Publicación por el Banco de España de la Guía de Acceso al Préstamo Hipotecario. D.A. 4ª. Exención de devolución de ayudas y beneficios fiscales.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
D.T. 1ª. Procedimientos en curso. D.T. 2ª. Intereses de demora de hipotecas constituidas sobre vivienda habitual. D.T. 3ª. Régimen de participaciones significativas en una sociedad de tasación. D.T. 4ª. Régimen transitorio en los procesos de ejecución. D.T. 5ª. Venta extrajudicial. D.T. 6ª. Constitución de la Comisión de Control del Código de Buenas Prácticas. D.T. 8ª. Adhesión al Código de Buenas Prácticas. D.T. 9ª. Límite de emisión de cédulas hipotecarias. D.T. 10ª. Aplicaciones de las exenciones de devolución de ayudas y beneficios fiscales relativos a Viviendas de Protección Oficial.
DISPOSICIONES FINALES
D.F. 1ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre. D.F. 2ª. Modificación del Texto Refundido de la Ley de ordenación y supervisión de los seguros privados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. D.F. 3ª. Títulos competenciales. D.F. 4ª. Entrada en vigor.