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Instrumento de ratificación del Protocolo al Tratado del Atlántico Norte sobre la adhesión de la República de Macedonia del Norte, hecho en Bruselas el 6 de febrero de 2019., - Boletín Oficial del Estado, de 31-03-2020

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Ambito: BOE

Órgano emisor: JEFATURA DEL ESTADO

Boletín: Boletín Oficial del Estado Número 90

F. Publicación: 31/03/2020

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FELIPE VI

REY DE ESPAÑA

El día 6 de febrero de 2019 el Plenipotenciario de España firmó «ad referéndum» en Bruselas el Protocolo al Tratado del Atlántico Norte relativo a la adhesión de la República de Macedonia del Norte, hecho en Bruselas el 6 de febrero de 2019,

Vistos y examinados el preámbulo y los tres artículos de dicho Protocolo,

Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución,

Manifiesto el consentimiento de España en obligarse por este Protocolo y expido el presente instrumento de ratificación firmado por Mí y refrendado por la Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,

Dado en Madrid, a diecisiete de marzo de dos mil veinte.

FELIPE R.

La Ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación,

MARÍA ARÁNZAZU GONZÁLEZ LAYA

PROTOCOLO AL TRATADO DEL ATLÁNTICO NORTE SOBRE LA ADHESIÓN DE LA REPÚBLICA DE MACEDONIA DEL NORTE

Las Partes en el Tratado del Atlántico Norte, firmado en Washington el 4 de abril de 1949,

Convencidas de que la seguridad de la región del Atlántico Norte resultará reforzada por la adhesión de la República de Macedonia del Norte a dicho Tratado,

Acuerdan lo siguiente:

Artículo I.

En el momento de la entrada en vigor del presente Protocolo, el Secretario General de la Organización del Tratado del Atlántico Norte transmitirá, en nombre de todas las Partes, al Gobierno de República de Macedonia del Norte una invitación para adherirse al Tratado del Atlántico Norte. Con arreglo al artículo 10 del Tratado, República de Macedonia del Norte se convertirá en Parte cuando deposite su instrumento de adhesión ante el Gobierno de los Estados Unidos de América.

Artículo II.

El presente Protocolo entrará en vigor cuando cada una de las Partes en el Tratado del Atlántico Norte haya notificado al Gobierno de los Estados Unidos de América su aceptación del mismo. El Gobierno de los Estados Unidos de América informará a todas las Partes en el Tratado del Atlántico Norte de la fecha de recepción de cada una de esas notificaciones y de la fecha de entrada en vigor del presente Protocolo.

Artículo III.

El presente Protocolo, cuyos textos en inglés y francés son igualmente auténticos, se depositará en los Archivos del Gobierno de los Estados Unidos de América. Copias debidamente certificadas del mismo se trasmitirán por dicho Gobierno a los Gobiernos de todas las Partes en el Tratado del Atlántico Norte.

En fe de lo cual, los plenipotenciarios abajo firmantes suscriben el presente Protocolo.

Firmado en Bruselas, a 6 de febrero de 2019.

ESTADOS PARTE

Estados

Firma

Manifestación del consentimiento

Entrada en vigor

Albania.

06/02/2019

01/04/2019 R

19/03/2020

Alemania.

06/02/2019

21/08/2019 AC

19/03/2020

Bélgica.

06/02/2019

06/06/2019 AC

19/03/2020

Bulgaria.

06/02/2019

18/03/2019 R

19/03/2020

Canadá.

06/02/2019

19/06/2019 R

19/03/2020

Croacia.

06/02/2019

22/05/2019 AC

19/03/2020

Dinamarca.

06/02/2019

12/04/2019 AC

19/03/2020

Eslovaquia.

06/02/2019

22/05/2019 R

19/03/2020

Eslovenia.

06/02/2019

22/03/2019 R

19/03/2020

España.

06/02/2019

19/03/2020 R

19/03/2020

Estados Unidos.

06/02/2019

29/11/2019 R

19/03/2020

Estonia.

06/02/2019

18/07/2019 AC

19/03/2020

Francia.

06/02/2019

09/12/2019 R

19/03/2020

Grecia.

06/02/2019

21/02/2019 R

19/03/2020

Hungría.

06/02/2019

24/07/2019 R

19/03/2020

Islandia.

06/02/2019

14/11/2019 AC

19/03/2020

Italia.

06/02/2019

02/12/2019 R

19/03/2020

Letonia.

06/02/2019

04/06/2019 R

19/03/2020

Lituania.

06/02/2019

20/05/2019 AC

19/03/2020

Luxemburgo.

06/02/2019

25/07/2019 R

19/03/2020

Montenegro.

06/02/2019

18/04/2019 R

19/03/2020

Noruega.

06/02/2019

19/07/2019 AP

19/03/2020

Países Bajos1.

06/02/2019

19/11/2019 AC

19/03/2020

Polonia.

06/02/2019

01/07/2019 R

19/03/2020

Portugal.

06/02/2019

08/10/2019 R

19/03/2020

Reino Unido.

06/02/2019

24/10/2019 AC

19/03/2020

República Checa.

06/02/2019

25/10/2019 R

19/03/2020

Rumanía.

06/02/2019

18/07/2019 R

19/03/2020

Turquía.

06/02/2019

09/12/2019 R

19/03/2020

R: Ratificación. AC: Aceptación. AP: Aprobación.

1? Aceptación del Protocolo para la parte europea de los Países Bajos.

*? *? *

El presente Protocolo entró en vigor, de forma general y para España, el 19 de marzo de 2019, de conformidad con lo dispuesto en su artículo II.

Madrid, 27 de marzo de 2020.-El Secretario General Técnico, P.S. (D.A. Tercera R.D. 1.271/2018, de 11 de octubre), la Vicesecretaria General Técnica, Celia Abenza Rojo.