Grupo 712 Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
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»GRUPO 712. TRANSPORTE FERROVIARIO POR VIA ESTRECHA.
Vigente
Cuota provincial de:
- Por cada Km. de vía: 16,984602 euros.
NOTA: Este grupo comprende el transporte ferroviario de personas y mercancías por vía estrecha (vía distinta del ancho español de 1,674 m o europea de 1,435 m.). A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:
Epígrafe 712.1. Transporte ferroviario de viajeros por vía estrecha.
Epígrafe 712.2. Transporte ferroviario de mercancías; por vía estrecha.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-05-1991 en vigor desde 19-06-1991