Grupo 675 Tarifas e Instr...Económicas

Grupo 675 Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas

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GRUPO 675. SERVICIOS AL AIRE LIBRE EN LA VÍA PÚBLICA O JARDINES.

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Epígrafe 675.1. Servicios en quioscos, cajones, barracas u otros locales análogos, situados en mercados o plazas de abastos, al aire libre en la vía pública o jardines.

Cuota mínima municipal de:

- En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 166,59 euros.

- En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 134,55 euros.

- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 102,51 euros.

- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 76,89 euros.

- En las poblaciones restantes: 57,67 euros.

Nota: Los quioscos y demás establecimientos clasificados en este grupo que permanezcan abiertos al público durante seis meses al año o menos, tributarán por la mitad de la cuota correspondiente.

Epígrafe 675.2.- Prestación de servicios de hostelería fuera de establecimiento permanente, txoznas instaladas por período no superior a quince días al año, situadas al aire libre en zonas de domino público o privado.

Cuota mínima municipal de:

- 38,44 euros.

Nota: La cuota de la tarifa obtenida conforme a este epígrafe será constante para todo el período impositivo con independencia de la fecha de alta y cese de la actividad en el censo del impuesto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-05-1991 en vigor desde 19-06-1991