Grupo 674 Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
GRUPO 674. SERVICIOS ESPECIALES DE RESTAURANTE, CAFETERIA Y CAFE-BAR.
Epígrafe 674.1. Servicio en vehículos de tracción mecánica. Cuota estatal de:
- 160,181746 euros, por cada vehículo.
Epígrafe 674.2. Servicio en ferrocarriles de cualquier clase. Cuota estatal de:
- 217,842847 euros por cada coche destinado a tal fin.
Epígrafe 674.3. Servicio en barcos. Cuota estatal de:
- 217,842847 euros por cada embarcación.
Epígrafe 674.4. Servicio en aeronaves. Cuota estatal de:
- 160,181746 euros por cada aeronave.
Epígrafe 674.5. Servicios que se presten en sociedades, círculos, casinos, clubs y establecimientos análogos.
Cuota mínima municipal de:
- Hasta 100 socios o afiliados: 53,18 euros.
- Hasta 500 socios o afiliados: 72,40 euros.
- Hasta 1.000 socios o afiliados: 96,75 euros.
- Más de 1.000 socios o afiliados: 120,45 euros.
Epígrafe 674.6. Servicios establecidos en teatros y demás espectáculos que únicamente permanecen abiertos durante las horas del espectáculo, excepto los bailes y similares.
Cuota mínima municipal de:
- En poblaciones de más de 500.000 habitantes: 133,27 euros.
- En poblaciones de más de 100.000 a 500.000 habitantes: 107,64 euros.
- En poblaciones de más de 40.000 a 100.000 habitantes: 82,01 euros.
- En poblaciones de más de 10.000 a 40.000 habitantes: 61,51 euros.
- En las poblaciones restantes: 46,13 euros.
Epígrafe 674.7. Servicios que se prestan en parques o recintos feriales clasificados en el epígrafe 989.3 de esta Sección 1.ª de las Tarifas.
Cuota mínima municipal de:
- 108,92 euros.
- Texto Original. Publicado el 30-05-1991 en vigor desde 19-06-1991