Grupo 467 Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
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»GRUPO 467. FABRICACION DE ARTICULOS DE JUNCO Y CAÑA, CESTERIA, BROCHAS, CEPILLOS, etc. (EXCEPTO MUEBLES).
Vigente
Cuota de:
- Por cada obrero: 10,000841 euros.
- Por cada Kw.: 5,258856 euros.
NOTA: Este grupo comprende la fabricación de artículos de junco, mimbre, caña, palma, etc.; cestería y otros artículos trenzados; escobas, plumeros, cepillos de todas clases, brochas, pinceles, etc. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:
Epígrafe 467.1. Artículos de materias trenzadas.
Epígrafe 467.2. Cepillos, brochas, escobas y, artículos similares.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-05-1991 en vigor desde 19-06-1991