Grupo 437 Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
GRUPO 437. FABRICACION DE ALFOMBRAS Y TAPICES Y DE TEJIDOS IMPREGNADOS.
Epígrafe 437.1 Fabricación de alfombras y tapices.
Cuota de:
- Por cada obrero: 8,528362 euros.
- Por cada Kw.: 8,143714 euros.
NOTA: Este epígrafe comprende la fabricación de alfombras, tapices, esteras y otros artículos similares de toda clase de fibras.
Epígrafe 437.2. Fabricación de tejidos impregnados.
Cuota de:
- Por cada obrero: 8,528362 euros.
- Por cada Kw.: 8,143714 euros.
NOTA: Este epígrafe comprende la fabricación de tejidos impregnados a base de aceites secativos (tejidos impermeabilizados, aceitados, barnizados, hules y, telas enceradas, etc.); tejidos impregnados a base de derivados de celulosa o resinas sintéticas; linóleo y otros cubre-suelos similares (excepto de materias plásticas); tejidos impregnados de cola, de materias amiláceas; telas para pintura, para calco, engomadas, etc.
- Texto Original. Publicado el 30-05-1991 en vigor desde 19-06-1991