Grupo 433 Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas
GRUPO 433. INDUSTRIA DE LA SEDA NATURAL Y SUS MEZCLAS Y DE LAS FIBRAS ARTIFICIALES Y SINTETICAS.
Cuota de:
- Por cada obrero: 3,017081 euros.
- Por cada Kw.: 6,412799 euros.
NOTA: Este grupo comprende la preparación de las fibras de seda natural (clasificación, estricado, obtención de la hijuela, etc.), hilado, retorcido, textura, regularización de hilos y tejido de seda y de sus mezclas con otras fibras. Se incluyen en este grupo el hilado, regularización de hilos y tejido de las fibras artificiales y sintéticas sin mezclar y el de las mezcladas con fibras de seda. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:
Epígrafe 433.1. Productos de la industria de la seda natural y sus mezclas.
Epígrafe 433.2. Preparación, hilado y tejido de las fibras artificiales y sintéticas.
- Texto Original. Publicado el 30-05-1991 en vigor desde 19-06-1991