Grupo 426 Tarifas e Instr...Económicas

Grupo 426 Tarifas e Instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas

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GRUPO 426. SIDRERIAS.

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Cuota de:

- Por cada obrero: 35,688099 euros.

- Por cada Kw.: 11,665645 euros.

NOTA: Este grupo comprende la elaboración de sidra natural, sidras espumosas y gasificadas; fabricación de vinagres de sidra y elaboración de bebidas de otras frutas fermentadas (sidra de pera o perada, saki, vino de palma, aguamiel, jengibre, etc.), así como el embotellado que se realiza conjuntamente con la elaboración. Cuando el sujeto pasivo elabore individual y aisladamente la sidra con manzanas de su propia cosecha, la cuota será el 25% de la señalada en este grupo. A efectos meramente informativos, el sujeto pasivo declarará las actividades concretas que ejerce según la clasificación contenida en los siguientes epígrafes:

Epígrafe 426.1. Sidra y otras bebidas fermentadas similares.

Epígrafe 426.2. Productos residuales de sidrerías.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-05-1991 en vigor desde 19-06-1991