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Exposicion único Modificación de la Ley 2/2023 -biodiversidad y patrimonio natural-

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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La Ley 2/2023, de 31 de enero, de biodiversidad y patrimonio natural de La Rioja, tiene como objeto la preservación de los espacios naturales, la biodiversidad y la geodiversidad, desde un enfoque integral del patrimonio natural.

De este modo, entre sus principios generales, contempla la necesidad de garantizar una utilización ordenada de los recursos para garantizar el aprovechamiento sostenible del patrimonio natural, en particular de las especies y los ecosistemas, su recuperación, conservación, restauración y mejora, y evitar la pérdida neta de biodiversidad.

En este sentido, en su artículo 135.8 establece la prohibición de la modalidad de pesca sin muerte sobre especies piscícolas incluidas en el Catálogo Riojano de Especies Exóticas Invasoras, mientras que en el artículo 137 se hace alusión a determinadas prohibiciones en relación con la cría en cautividad de especies exóticas invasoras.

Tras la entrada en vigor de la ley, se ha detectado la necesidad de realizar determinadas modificaciones y mejoras que, si bien no suponen una alteración sustancial de la norma en lo que a sus principios y objetivos se refiere, sí contribuyen, por un lado, a garantizar la compatibilidad de la protección de la biodiversidad con la práctica deportiva de la pesca en lo que a especies invasoras se refiere y, por otro, a acotar la definición de cría en cautividad de especies invasoras, respetando el principio de precaución y asegurando el riesgo nulo de escape y reproducción en el medio natural de especies invasoras que dañan los ecosistemas.