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Exposicion �nico motivos Presupuestos 2011 La Rioja

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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Los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de La Rioja para 2011 incluyen la totalidad de los gastos e ingresos de los organismos y entidades integrantes del sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio, redactado conforme a la Ley Orgánica 2/1999, de 7 de enero, de Estatuto de Autonomía de La Rioja, que atribuye al Gobierno la elaboración y aplicación del Presupuesto de la Comunidad Autónoma y al Parlamento su examen, enmienda, aprobación y control.

Por otra parte, estos presupuestos se confeccionan en el marco de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, de aplicación general y supletoria en la Comunidad Autónoma de La Rioja, que establece los principios en los que se basa la programación presupuestaria: estabilidad, plurianualidad, transparencia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

Al margen de su marco normativo, la programación presupuestaria para el ejercicio 2011 tiene el objetivo primordial de reducir el déficit público, manteniendo los servicios públicos fundamentales.

En este sentido, la presión ejercida por la Unión Europea sobre España en orden a cumplir con el Pacto de Estabilidad y Crecimiento ha obligado al Gobierno de la Nación a diseñar el Programa de Estabilidad 2009-2013, orientado a reducir al déficit público hasta alcanzar el 3% en 2013.

Para cumplir esta meta, el Estado aprobó el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, de aplicación en todo el territorio nacional. Concretamente establece: la disminución de la masa salarial del sector público en un 5%, la congelación de las pensiones, la irretroactividad en materia de dependencia, la suspensión de las ayudas por nacimiento o adopción de hijo, la racionalización del gasto farmacéutico y el límite al endeudamiento de las entidades locales.

Al margen de estas medidas, la Comunidad Autónoma adopta en estos presupuestos otras, con el fin de alcanzar un déficit por debajo del objetivo de estabilidad presupuestaria acordado en el Consejo de Política Fiscal y Financiera en su sesión de 15 de junio de 2010, que fija para La Rioja un endeudamiento máximo del 0,75% de su PIB regional en 2011, sin incluir el déficit por inversiones previsto en el artículo 3.1 de la Ley Orgánica 5/2001, de 13 de diciembre, complementaria a la Ley General de Estabilidad Presupuestaria.

Por consiguiente, los créditos del año 2011 se verán ajustados por una política de racionalización y contención del gasto, priorizando los objetivos de la política económica y social regional.

Además, la reforma del Sistema de Financiación de las Comunidades Autónomas, aprobada por la Ley Orgánica 3/2009, de 18 de diciembre, que modifica la estructura de ingresos de estas, se reflejará por primera vez, en este año 2011, en los créditos iniciales del Presupuesto. De esta forma, se alcanza el máximo grado de autonomía y corresponsabilidad fiscal, con aumento de su participación en los principales recursos económicos (IRPF, IVA e Impuestos Especiales) y disminuyendo las transferencias del Estado, con lo que se refuerza el principio de suficiencia financiera del sistema.

No obstante, a pesar de la dificultad en equilibrar las cuentas públicas, como consecuencia de la situación económica actual, el Gobierno regional ha decidido mantener los beneficios fiscalesde años anteriores, con el fin de dinamizar la economía riojana, aumentando la renta disponible de las familias y procurando una mayor justicia en algunos hechos imponibles.

Asimismo, la presente ley tiene como objetivo primordial consolidar y fortalecer los servicios públicos fundamentales, con una especial atención a las personas en situación de dependencia, sin desconocer otras áreas básicas de actuación social como son el apoyo a la educación y a la salud.

Del mismo modo, mantiene su apoyo al tejido empresarial con mejoras en la estructura productiva riojana, reforzando su rendimiento y competitividad, mediante una apuesta decidida por la inversión en I+D+i, y en capital humano, a través de la continua formación de los trabajadores.

Por último, cumpliendo con el mandato del Parlamento de La Rioja, la presente ley incorpora un Informe de Impacto de Género, que analiza la incidencia de la política presupuestaria del Gobierno regional sobre hombres y mujeres.

La Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad, siguiendo la sistemática ya empleada en ejercicios anteriores, se articula en los títulos que a continuación se detallan:

El título I, "De los créditos y sus modificaciones", contiene las disposiciones relativas a la aprobación y modificación de los créditos y a las previsiones de ingresos del ejercicio, constituyendo este título el fundamento de la ley, por cuanto dota de eficacia jurídica a la expresión cifrada de los ingresos y de los gastos de la Administración autonómica.

En él se recoge la regulación de los diferentes tipos de modificaciones presupuestarias, tales como transferencias, generaciones Ben este caso con referencias específicas a las procedentes del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)B, créditos ampliables, incorporaciones de crédito y de los créditos extraordinarios y suplementos de crédito.

Asimismo, se mantienen determinadas disposiciones que regulan el nivel de especificaciones de los presupuestos, las disponibilidades líquidas de otros organismos financiados por la Administración general y la aplicación al presupuesto de obligaciones generadas en ejercicios anteriores para su aplicación al corriente.

En el título II, "Procedimientos de gestión presupuestaria", se establecen los límites cuantitativos de los titulares de las consejerías para la aprobación de gastos.

Además, se mantiene la regulación referente al órgano competente para adquirir el compromiso y reconocimiento de la obligación, según el organismo afectado y las transferencias y subvenciones nominativas.

Se sigue regulando de forma expresa el régimen económico-financiero de la Universidad de La Rioja, la Agencia de Desarrollo Económico, la Agencia del Conocimiento y la Tecnología, y la gestión de los presupuestos docentes.

El título III, "De los créditos de personal", recoge todas las disposiciones relativas al personal al servicio de la Comunidad Autónoma de La Rioja y refleja los cambios en materia de retribuciones introducidos por el Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público, además de las derivadas de las modificaciones operadas en los respectivos acuerdos-convenios.

El título IV, "De las operaciones financieras", establece, al igual que en ejercicios anteriores, los límites para la concertación de operaciones de crédito a corto y a largo plazo, y la asunción de riesgos en avales, así como la competencia para su ejecución.

En el título V, "Normas tributarias", se mantiene por segundo año consecutivo la congelación de las tasas para el ejercicio 2011.

El título VI, "De la información al Parlamento", establece, regula y sistematiza la información que regularmente se ha de facilitar al Parlamento regional.

Finaliza el contenido del texto articulado con doce disposiciones adicionales, dos transitorias, una derogatoria y dos finales.