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Exposicion �nico motivos Protección de los animales en Navarra -Derogada-

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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La consideración de los animales como seres vivos capaces de sufrir y la superación de toda visión del hombre como dueño y señor absoluto de un ilimitado derecho a su disposición y al ejercicio de prácticas lesivas o destructivas sobre ellos, junto con el apercibible aumento de una conciencia general tendente a evitar a los animales sufrimientos innecesarios, ha ido calando profundamente en el sentir mayoritario de la sociedad navarra, la cual, al igual que los demás países de su entorno, rechaza todo trato cruel y degradante de los animales.

Esta preocupación de los poderes públicos navarros por la protección de los animales se hizo ya patente en la Ley Foral 2/1993, de 5 de marzo, de protección y gestión de la fauna silvestre y sus hábitats, si bien limitada en este caso a los animales que viven en estado originario y natural en el hábitat navarro. Parece necesario, por tanto, completar en la Comunidad Foral de Navarra un régimen jurídico que permita la protección de los demás animales, de modo que se colmen las lagunas legislativas referidas a los animales domésticos, a los de compañía y, en el marco del Derecho Internacional, a la fauna alóctona.

El espíritu de esta Ley Foral, basado en la Declaración Universal de los Derechos del Animal, promovida por la UNESCO, y en las legislaciones europeas más avanzadas, y que se resume en el derecho a una vida digna y, en su defecto, a una muerte indolora, viene a consagrar en nuestro territorio una nueva ética de respeto hacia los animales en todos los ámbitos. Ética ya asumida y defendida desde hace años por grandes capas de la población, y que permanecía relegada por la indiferencia de algunos sectores y por el interés de otros en mantener ciertas tradiciones que, por lo cruel y degradante, son ya insostenibles y objeto de rechazo general en una sociedad que concibe la vida como uno, si no el primero, de sus bienes más preciados.