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Exposicion �nico motivos Modificación de la Ley 6/2019, de Patrimonio Cultural Vasco

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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1.- La Ley 6/2019, de 9 de mayo, de Patrimonio Cultural Vasco distinguió en su artículo 8 tres niveles de protección: la protección especial, la media y la básica. Esta última era determinada a través de los catálogos de planeamiento municipal aprobados por los ayuntamientos. Dicha disposición, sin embargo, no concretaba los criterios por los que un elemento de valor local podía alcanzar la categoría de protección básica. Numerosos ayuntamientos se han dirigido al Gobierno Vasco solicitando una definición más concreta para poder gestionar de forma ágil y compatible con el patrimonio cultural esa casuística urbanística. La experiencia de estos años, por tanto, ha conducido a proponer una modificación en el articulado, indicando los criterios para que un bien cultural inmueble sea incluido en el nivel de protección básica, es decir, ser merecedor de restauración científica o conservadora.

La ley tampoco determinaba un periodo de tiempo transitorio para que los catálogos municipales se adaptasen a la nueva situación y provocaba situaciones de indeterminación que no favorecían que los bienes englobados en dicha categoría pudiesen ser sujetos de las obras más básicas necesarias para asegurar su habitabilidad.

Existe, en ambos supuestos, un amplio consenso en el seno de Eudel sobre la conveniencia de dar una respuesta adecuada y urgente a esta cuestión que ataño tanto al urbanismo como al patrimonio cultural.

2.- El cambio climático, el agotamiento de las fuentes de energía fósiles y sus efectos en la economía global, con incrementos de costes insostenibles en el tiempo, son cada día más visibles y patentes en todo el planeta. Cabe recordar que la propia ONU solicitó la declaración de la emergencia climática en todo el mundo hasta alcanzar un descenso radical de las emisiones de CO2. La transición energética y ecológica resulta imprescindible en este escenario, en el que deben sumarse estrategias de reducción de emisiones, que mitiguen el cambio climático ya en marcha, estrategias de adaptación para minimizar sus impactos y aumentar la resiliencia de los sistemas humanos y ecológicos así como facilitar iniciativas de desarrollo y, en especial, de implantación de energías renovables.

En este contexto, el cada vez mayor uso de fuentes de energía renovables como alternativa sostenible real hace necesaria la modificación de la Ley del Patrimonio Cultural Vasco con el objeto de incorporar estas fuentes en los bienes inmuebles del patrimonio, en especial en los de carácter residencial, para lograr la eficiencia energética en equilibrio con el respeto a los valores patrimoniales de estos bienes y evitar un efecto de rechazo hacia la utilización de dichos inmuebles por el mayor coste de acceso a la energía. Pero también hay que buscar soluciones integradoras que minimicen el impacto que puedan generar sobre esos bienes y sus entornos.