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Exposicion �nico motivos Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de Álava

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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La presente Norma Foral tiene por objeto regular el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, toda vez que la anterior regulación data de 24 de abril de 1989.

Desde esta fecha hasta la actualidad se han producido modificaciones que han aconsejado la revisión y actualización de la Norma Foral de 1989, manteniendo siempre una línea continuista con la anterior regulación.

La Norma Foral se articula en doce Capítulos, una Disposición Adicional, cuatro Disposiciones Transitorias, una Disposición Derogatoria y dos Disposiciones Finales.

En el Capítulo I se señala que este tributo grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas. Al mismo tiempo, y junto a normas de carácter general, se regula el ámbito de aplicación territorial del Impuesto.

En el Capítulo II se regulan el principio de calificación y la afección del Impuesto.

Los Capítulos III y IV se refieren respectivamente al hecho imponible y a los contribuyentes y responsables.

En el Capítulo V, que regula la base imponible, es donde se contienen las mayores novedades del proyecto. En primer lugar, se elimina la figura del ajuar doméstico, prevista en la anterior regulación del Impuesto. Además, se adecua su redacción a la ya prevista en la Norma Foral del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

El Capítulo VI se dedica a la base liquidable, minorando las anteriores reducciones según los grados de parentesco de cuatro grupos a dos. Ello es debido a la existencia de exenciones.

En el Capítulo VII se regula la deuda tributaria y dentro del mismo se procede a deflactar en un 2 por 100 las tarifas del Impuesto, incrementándose en ese mismo porcentaje las reducciones previstas.

El Capítulo VIII se dedica al devengo y a la prescripción.

En el Capítulo IX se contienen las normas especiales de la sustitución, de los fideicomisos, de la reserva de bienes, de la participación y excesos de adjudicación, las especialidades del Derecho Civil Foral, las normas especiales de la repudiación y renuncia a la herencia y legado, las donaciones especiales y la acumulación.

Finalmente los Capítulos X, XI y XII regulan las obligaciones formales, la gestión del Impuesto y las infracciones y sanciones respectivamente.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-05-2005 en vigor desde 28-05-2005