Exposicion �nico motivos Impuesto sobre el Patrimonio de Álava
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Concierto Económico establece, en su artículo 24, que el Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo concertado de normativa autónoma.
Por medio de la Norma Foral 22/2008, de 22 de diciembre, se dero gó con efectos desde el 1 de enero de 2008, la Norma Foral 23/1991, de 11 de diciembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.
Desde entonces la situación económica y financiera se ha visto afectada, a nivel mundial, por una crisis que aconsejó, con carácter transitorio para los años 2011 y 2012, restablecer el derogado Impuesto a través de la Norma Foral 19/2011, de 22 de diciembre.
La evolución de la actual situación económica plantea la necesidad de mantener el esfuerzo de solidaridad exigido a los contribuyentes que disponen de un patrimonio más elevado, por lo que, ante el fin de la vigencia de la citada Norma Foral 19/2011, de 22 de diciembre, se hace necesario una nueva Norma Foral que mantenga el Impuesto sobre el Patrimonio.
El Impuesto sobre el Patrimonio que se propone contiene importantes modificaciones. Así, y entre otras novedades, se articula una nueva regulación de la exención de bienes afectos y determinadas participaciones en entidades dedicadas a la realización de actividades económicas, se establecen unas mismas reglas de determinación de la base imponible del Impuesto aplicables a los bienes inmuebles y se realiza una nueva regulación del ajuste de la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio.
- Texto Original. Publicado el 20-03-2013 en vigor desde 20-03-2013