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Exposicion �nico motivos Impuesto sobre el Patrimonio de Álava

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EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

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El Concierto Económico establece, en su artículo 24, que el Impuesto sobre el Patrimonio es un tributo concertado de normativa autónoma.

Por medio de la Norma Foral 22/2008, de 22 de diciembre, se dero gó con efectos desde el 1 de enero de 2008, la Norma Foral 23/1991, de 11 de diciembre, del Impuesto sobre el Patrimonio.

Desde entonces la situación económica y financiera se ha visto afectada, a nivel mundial, por una crisis que aconsejó, con carácter transitorio para los años 2011 y 2012, restablecer el derogado Impuesto a través de la Norma Foral 19/2011, de 22 de diciembre.

La evolución de la actual situación económica plantea la necesidad de mantener el esfuerzo de solidaridad exigido a los contribuyentes que disponen de un patrimonio más elevado, por lo que, ante el fin de la vigencia de la citada Norma Foral 19/2011, de 22 de diciembre, se hace necesario una nueva Norma Foral que mantenga el Impuesto sobre el Patrimonio.

El Impuesto sobre el Patrimonio que se propone contiene importantes modificaciones. Así, y entre otras novedades, se articula una nueva regulación de la exención de bienes afectos y determinadas participaciones en entidades dedicadas a la realización de actividades económicas, se establecen unas mismas reglas de determinación de la base imponible del Impuesto aplicables a los bienes inmuebles y se realiza una nueva regulación del ajuste de la cuota íntegra del Impuesto sobre el Patrimonio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-2013 en vigor desde 20-03-2013