Dt único Se regula la dotación de medios técnicos y de defensa y la uniformidad de la Policía Local
D.T. Única. Adaptación de medios.
1. Los diferentes ayuntamientos deberán adecuar progresivamente los medios técnicos y defensivos previstos en este Decreto, con arreglo a sus disponibilidades presupuestarias, a medida que se proceda a nuevas adquisiciones, reposiciones o sustituciones de medios y en todo caso en el plazo máximo de tres años desde la entrada en vigor de este Decreto.
2. Conforme se vayan produciendo nuevas adquisiciones o renovaciones de vehículos policiales, se incluirá el número de emergencias 112, debiendo ajustarse a lo dispuesto en este Decreto.
3. Los ayuntamientos que tengan aprobados en su reglamento los distintivos de empleo y mando, podrán mantenerlos, debiendo ajustarse a lo dispuesto en este Decreto, cuando se produzca una renovación de la uniformidad.