Dt único Programa de tra... de riesgo

Dt único Programa de tratamiento a familias con menores en situación de riesgo

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D.T. Única. Vigencia temporal de los convenios.

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Los Convenios firmados al amparo del Decreto 494/2015, de 1 de diciembre, mantendrán su vigencia hasta la finalización del periodo de cobertura de los mismos.

La primera orden de transferencias que se emita al amparo de este decreto, para el ejercicio 2023, respetará las cuantías recogidas en la Orden de 17 de febrero de 2022, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Entidades Locales para la financiación del Programa de tratamiento a familias con menores en situación de riesgo o desprotección, para los ejercicios 2022 y 2023, y referenciadas al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 30 de abril de 2023; por lo tanto, dicha primera orden de transferencias complementará a la indicada con las cuantías correspondientes para el periodo del 1 de mayo de 2023 al 31 de diciembre de 2023.

Una vez finalizado el periodo de cobertura para recibir la primera de las transferencias que se contemplan en este decreto, las Entidades Locales deberán proceder, respecto del año natural anterior, conforme al artículo 16.3 del Decreto 494/2015, de 1 de diciembre.