Dt único Duración máxima y régimen de silencio administrativo de determinados procedimientos
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»D.T. Única. Régimen transitorio de los procedimientos
Vigente
A los procedimientos iniciados antes de la entrada en vigor de la presente Ley no les será de aplicación la misma, rigiéndose por la normativa anterior.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 10-04-2001 en vigor desde 11-04-2001