Dt único Creación del Servicio Regional de Empleo
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»D.T. Única
Vigente
Hasta la aprobación de la estructura orgánica del Servicio Regional de Empleo, las competencias que resulten afectadas por la presente Ley se seguirán ejerciendo por los órganos que actualmente las tienen asignadas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-07-2001 en vigor desde 11-07-2001