Dt único Autoridad Catalana de la Competencia
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»D.T. UNICA.
Vigente
Los procedimientos que se hallen en proceso de trámite en la Dirección General de Defensa de la Competencia y en el Tribunal Catalán de Defensa de la Competencia en la fecha de entrada en vigor de la presente ley pasan a ser tramitados por los órganos de la Autoridad Catalana de la Competencia.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-02-2009 en vigor desde 19-02-2009