Dt �nico TR de la Ley de Subvenciones
Dt �nico TR de la Ley de Subvenciones

Dt �nico TR. de la Ley de Subvenciones

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Régimen transitorio de los procedimientos.

Vigente

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. Los procedimientos administrativos de concesión de subvenciones y los de justificación, control financiero y reintegro ya iniciados a la entrada en vigor del presente Decreto Legislativo se regirán por la normativa vigente al tiempo de su iniciación.

2. El régimen sancionador previsto en el presente Decreto Legislativo será de aplicación a los beneficiarios y a las entidades colaboradoras, en lo que concierne a las acciones u omisiones cometidas antes de su entrada en vigor, siempre que sea más favorable que el establecido en la legislación anterior.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2005 en vigor desde 01-01-2006