Dt �nico Tasas y Precios Públicos de Navarra -Derogada-
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. UNICA.
Vigente
Para los servicios del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Navarra, durante los años 2002, 2003, 2004 y 2005, los tipos máximos de gravamen correspondientes a las tarifas que establece el artículo 163 para la exigencia de las tasas serán:
• De hasta el 2 % en la Tarifa 1.
• De hasta el 3 % en la Tarifa 4.
• De hasta 6 euros en la Tarifa 5.
• De hasta el triple de su precio de coste en la Tarifa 6.
En cada uno de los años citados los tipos a aplicar, dentro del límite establecido, se fijarán por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-03-2001 en vigor desde 01-04-2001