Dt �nico Fomento a la participación ciudadana
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»D.T. Única. Derecho a recibir información individualizada.
Vigente
El derecho a recibir información individualizada de las materias en las que la ciudadanía y las entidades ciudadanas hayan manifestado su interés en participar, reconocido en la presente ley, se hará efectivo a partir de la puesta en funcionamiento del Registro habilitado al efecto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-06-2010 en vigor desde 20-07-2010