Dt 9 Patrimonio Histórico de Canarias
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»D.T. 9ª.
Vigente
La delimitación de los bienes inmuebles de interés cultural y la de su entorno de protección reguladas en el artículo 26, respecto a los ya declarados a la entrada en vigor de la presente Ley y los declarados por ministerio de la misma, se tramitarán con arreglo al mismo procedimiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-03-1999 en vigor desde 09-04-1999