Dt 8 Reglamento de gestió...al Canario

Dt 8 Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal Canario

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D.T. 8ª.- Plazos para la remisión electrónica de los registros de facturación durante el primer semestre del año 2019.

Vigente

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(NOTA: Con efectos desde el día 1 de enero de 2019)

El plazo de cuatro días naturales a que se refieren las letras a), b) y c) del apartado 1 del artículo 55 bis del presente Reglamento queda fijado en ocho días naturales para:

1.º Las facturas expedidas desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2019.

2.º Las facturas recibidas, los documentos en los que consten las cuotas liquidadas por la importación de bienes y demás documentos justificativos del derecho a la deducción cuyo registro contable se realice desde el 1 de enero hasta el 30 de junio de 2019.

Modificaciones