Dt 8 Ordenación Sanitaria de Madrid
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»D.T. 8ª. Integración de Personal de la Comunidad de Madrid.
Vigente
El personal de la Comunidad de Madrid que se integre en el Instituto Madrileño de la Salud, seguirá rigiéndose por las disposiciones legales que le sean aplicables atendiendo a su procedencia y a su vinculación jurídica, respetándosele todas las condiciones, derechos y obligaciones adquiridas hasta ese momento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 26-12-2001 en vigor desde 26-12-2001